Cual Es La Importancia De La Familia Segun La Constitucion De Chile?
Adolfo Romero
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La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.’ Por su parte, su artículo 25.2 establece la protección a la infancia: ‘La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.
¿Qué artículo dela Constitución Política habla sobre la familia y su importancia?
ARTICULO 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia.
¿Cuál es la importancia de tener una familia?
En la familia se construye la identidad de la persona, se protege su autonomía y es la base desde donde se proyecta en el ámbito social. Son los padres quienes como primeros responsables de la educación de los niños, protegen su intimidad y promueven su desarrollo con base en los valores Page 2 culturales propios.
¿Qué dice la constitución respecto a la familia?
En el ámbito internacional, tanto el niño como la familia tienen características comunes. Ambos son titulares de un derecho a protección que, en el caso de la familia, es excepcional si se compara con otros tipos de agrupaciones “habida cuenta de la doctrina clásica que considera que la función y el propósito del derecho internacional de los derechos humanos son definir los derechos del individuo frente al Estado” (O’Donnell, 2007).
- Este amplio reconocimiento jurídico a nivel internacional denota la importancia de la familia en el mundo, siendo calificada como “el elemento natural y fundamental de la sociedad”.
- Ante la pregunta sobre ¿cuál es la familia protegida?, los catálogos de derechos no se limitan a una idea tradicional de familia matrimonial.
Los tratados internacionales conscientemente se abstienen de entregar una definición de esta familia, pues aun cuando ciertas relaciones son especialmente protegidas, como la filiación (relación de padres o madres para con sus hijos) y el matrimonio; se evita limitar la familia solo a estos casos, para no dejar desprotegidas formas de convivencia basadas en el parentesco o el afecto, pues la realidad social es siempre cambiante y evolutiva.
En ese sentido, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (diciembre de 1948), en su Preámbulo afirma: “Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;”.
Esta declaración hace equivalente humanidad, género humano y familia humana, lo que evidencia la amplitud de la palabra familia y cómo el empleo de esa palabra busca enfatizar los lazos de fraternidad entre los seres humanos. Así, la Declaración en su artículo 16 sostiene:
“Artículo 16 Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.”
Por su parte, su artículo 25.2 establece la protección a la infancia: “La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social”.
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (junio de 1948), establece un derecho a formar una familia y a su protección legal: “Derecho a la constitución y a la protección de la familia. Artículo VI. Toda persona tiene derecho a constituir familia, elemento fundamental de la sociedad, y a recibir protección para ella.
Derecho de protección a la maternidad y a la infancia. Artículo VII. Toda mujer en estado de gravidez o en época de lactancia, así como todo niño, tienen derecho a protección, cuidados y ayuda especiales.” El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece la protección de la familia en sus artículos 17, 19 y 23:
“Artículo 17. Protección a la Familia La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención. El matrimonio no puede celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes. Los Estados partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria de los hijos, sobre la base única del interés y conveniencia de ellos. La ley debe reconocer iguales derechos tanto a los hijos nacidos fuera de matrimonio como a los nacidos dentro del mismo”.
“Artículo 19. Derechos del niño Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.”
“Artículo 23 La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello.”
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 10 dispone:
“Artículo 10 Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo. El matrimonio debe contraerse con el libre consentimiento de los futuros cónyuges. Se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto. Durante dicho período, a las madres que trabajen se les debe conceder licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social. Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y adolescentes contra la explotación económica y social. Su empleo en trabajos nocivos para su moral y salud, o en los cuales peligre su vida o se corra el riesgo de perjudicar su desarrollo normal, será sancionado por la ley. Los Estados deben establecer también límites de edad por debajo de los cuales quede prohibido y sancionado por la ley el empleo a sueldo de mano de obra infantil.”.
La Convención sobre los Derechos del Niño en su Preámbulo reafirma la importancia de proteger a todos los miembros de la familia: “Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad.
¿Qué dice el artículo 5 de la Constitución con respecto a la familia?
El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
¿Qué artículo de la constitución protege el derecho a la familia?
El artículo 4o. de la Constitución Polí- tica de los Estados Unidos Mexicanos señala que la ley debe proteger la or- ganización y desarrollo de las familias.
¿Cuál es el valor más importante de la familia?
Estos son los valores familiares que necesitas para tener un hogar feliz Valores familiares, La convivencia en familia es un aspecto importante en la vida de las personas para llevar un estilo de vida emocionalmente estable, ya que es en este núcleo donde se forman los valores que son la base de la vida futura.
Es importante tener claro que existen unos valores familiares que son esenciales para lograr que el hogar sea un espacio de formación, de compresión y de amor entre los miembros de la familia con el fin de crecer personalmente. Enseñanzas de la vida familiar Valores familiares. El primer aspecto fundamental para la vida es saber cómo relacionarse con los demás.
Dentro de la familia se aprende a llevar una conducta social que permite a las personas desarrollar habilidades sociales para comunicarse de una manera asertiva. Desde este punto empiezan a formarse criterios de pensamiento. En segundo lugar, debemos entender que las relaciones sociales son parte de una sociedad, lo que significa que debemos tener responsabilidades y derechos dentro de un grupo que funciona colectivamente.
- La familia, brinda bases para trabajar en equipo bien sea en la comunidad donde vive, en el trabajo o a la hora de querer formar sus propios hogares.
- Es un hecho que lo que se aprende con la familia se queda para siempre y no se olvida.
- Por este motivo conozca los valores familiares más importantes que debe tener presente para que su núcleo familiar sea más unido, funcional y estable.
Valores familiares Respeto: lo más importante siempre será el respeto por sí mismo para tener respeto por los demás. Es un valor con el que nos enfrentamos día a día en los diferentes espacios que compartimos. Es esencial para desarrollarse con éxito no solo en la familia sino en los diferentes ambientes, además nos enseña el valor de respetar sentimientos y opiniones ajenos.
Compromiso: es importante enseñar desde niños el valor del compromiso para que entiendan que tienen responsabilidades. Enseñar a los niños a dar la palabra y cumplir los convierte en personas que asumen con responsabilidad y conciencia sus deberes. Humildad: es importante enseñar en el hogar desde la niñez que todas las personas sin importar las condiciones son igual de importantes frente al mundo.
Educar a los pequeños con una actitud más humilde los ayudará a valorar día a día a las personas que tienen a su alrededor, a sí mismos y a todo lo que los rodea, ya sea material o espiritual. Perdón: es uno de los valores más bonitos y motivacionales, debido a que es un valor que se inculca desde la niñez mostrando que los seres humanos son imperfectos y cometen errores, sin embargo, no se debe juzgar ni pagar de mala manera ante actos que desagradan, es por eso que este valor debe ser inculcado y practicado a lo largo de la vida para así poder avanzar.
- Autoestima: la autoestima se define como el aprecio o la consideración que cada persona tiene de sí misma.
- Desde la familia se debe crear conciencia de la importancia de este valor familiar, para la vida en general es fundamental que las personas se acepten, se respeten, se quieran y se valoren como son y por quienes son para tener un crecimiento personal acorde.
A partir de este valor se empiezan a construir bases para una personalidad con carácter y capacidades de reconocer las debilidades y las fortalezas que cada uno tiene, potencializando las buenas y trabajando en las malas. Comunicación: es importante aprender a decir las cosas en el momento adecuado y de la manera más respetuosa y educada.
- Por este motivo la familia debe ofrecer a cada miembro una oportunidad de poder expresarse en pro de buscar una comunicación frecuente, sencilla y que no ofenda a ninguno de los demás.
- No solo funcionará dentro de la familia, sino que en la vida será una herramienta para solucionar de manera acertada los conflictos.
Gratitud: es valioso reconocer el valor de las personas, de las acciones y de los esfuerzos. Enseñar a ser agradecidos con las personas y con las oportunidades permitirá construir un ambiente que valore a cada miembro de la familia y sus acciones. Los valores familiares podrían ser una lista infinita.
- Sin embargo, los mencionados anteriormente serán la puerta a una convivencia más sana, sensible y amigable para los miembros de tu familia.
- De esta manera, se podrá construir bases sólidas dentro de la familia que se verán reflejados en la sociedad.
- Los valores familiares permiten crear lazos fuertes y confiables para que en caso de enfrentarse a situaciones problemáticas se puedan resolver de la mejor manera y eduque personas listas para aportar a la sociedad.
En La Ascensión S.A. contamos con personas que cuentan con valores familiares, por eso te brindamos a ti y a tu familia la mejor asistencia. Visita nuestra página web y conoce nuestros servicios. : Estos son los valores familiares que necesitas para tener un hogar feliz
¿Qué es la familia y cuál es su importancia en la sociedad?
Para nosotros, la familia es la célula principal de la sociedad, es donde se aprenden los valores y la práctica de éstos constituye la base para el desarrollo y progreso de la sociedad.
¿Qué es la familia importancia y características?
Por Daniela Schurenkamper Alpuche, Directora de Comunicación Social de Éntrale,alianza por la inclusión laboral. – El sábado 15 de mayo fué el Día de la Familia y queremos platicarte acerca del papel tan importante que esta representa para la inclusión.
- Desde el momento en el que te dicen “vas a ser mamá/ papá”, tu mente gira 360 grados y comienzas a imaginarte cómo será tu hija/o; piensas en sus sueños por cumplir, qué estudiará, cómo será, etc.
- Pero ¿qué sucede cuando nos enteramos que tiene una discapacidad? Cuando sucede esto, pareciera que el mundo se nos cierra, ya que posiblemente nunca imaginamos tal posibilidad.
Sin embargo, ¡no debería de ser así! La familia tiene un papel fundamental en el desarrollo de sus integrantes. Para las personas, la familia es el primer espacio donde aprendemos a desenvolvernos como individuos que integran una sociedad. Es mediante la interacción con nuestros padres y hermanos que formamos nuestro carácter y valores.
Cuando la familia tiene un integrante con algún tipo de discapacidad debe entender que para esa hija/o las primeras experiencias y/o recuerdos son fundamentales e influyen en su desarrollo y crecimiento, es decir, los prepara para su participación en la sociedad. En este artículo te platicaremos algunos puntos para que entendamos el papel tan importante de la familia y lo podamos compartir con nuestros seres queridos.
Primero debemos de entender que la familia es la precursora de la diversidad e inclusión ya que al estar en convivencia con los padres, hermanos y hermanas, primos, tias/tios, etc, ya estamos viviendo y conociendo la diversidad.Es en la familia donde se hacen visibles las primeras diferencias físicas, cognitivas, psicológicas y sociales, por lo tanto, es el primer lugar en donde aprendemos a respetarnos unos a los otros.
Deberíamos de estar de acuerdo con el dicho “la mejor escuela es el hogar” todo lo que uno vive y aprende dentro de casa, lo aplica fuera de esta. Para una persona con discapacidad, la familia debe de enseñarle a ser autónoma e independiente ¿cómo? Potenciando sus habilidades y evitando actitudes de sobreprotección y codependencia.
La familia nos da seguridad, nos enseña a enfrentarnos a situaciones tanto internas como externas, y nos acompaña durante el proceso. Muchas veces siendo mamá o papá, queremos ser los superhéroes de nuestros hijos y protegerlos de todos y todo, pero sabemos que eso no se puede y no es conveniente.
- La autoestima es fundamental para todas las personas y la familia representa un enorme papel para su desarrollo en cada una de las personas que la componen.
- Imaginemos que una niña o niño no se siente escuchado, apoyado o simplemente tiene falta de confianza en sus papás; ese niño/a va a comenzar a imaginar que no vale lo suficiente y corre el riesgo de ir sumando esas ideas con otros pensamientos negativos que van dificultando su autoestima y, por consiguiente, su desarrollo.
A continuación, te compartiremos algunas estrategias a considerar para mejorar el apoyo familiar a una persona con discapacidad:
Entender y hablar acerca de la discapacidad con toda la familia y no sólo con la nuclear. Evitar las actitudes de sobreprotección, es decir, eliminar expresiones como: “no puedes” o”nunca lo vas a lograr así”. Intentar cambiarlas por: “inténtalo de nuevo”, “¡no te desanimes!, tú puedes”, “no te rindas”. Incluir a la conversación el reconocimiento de habilidades, talentos y áreas de oportunidad de todos los miembros de la familia
Te invitamos a reflexionar cómo tu familia aplica a estas estrategias con o sin una persona con discapacidad para promover el apoyo familiar ya que sin este, la inclusión no sería posible el sueño de un México más justo, más humano y más incluyente solo es posible si lo construyamos juntos.
¿Qué ley protege a la familia en Chile?
Ley 21430 (15-mar-2022) M. de Desarrollo Social y Familia | Ley Chile. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
¿Qué dice el artículo 42 de la Constitución Politica de Colombia?
FICHA DE ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL – SENTENCIAS DE TUTELA Sentencia: T- 522 /11 TEMA (S): Evolución del concepto de familia. PROBLEMA JURÍDICO ¿Cuál es la evolución que ha tenido el concepto de familia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional? REGLAS JURÍDICAS APLICABLES AL CASO Concepto de familia consagrado en la Carta Magna, y derecho a la igualdad.
Reiteración de jurisprudencia El artículo 42 de la Constitución Política, establece que la familia constituye el núcleo esencial de la sociedad y reconoce que puede ser fundada por vínculos naturales o jurídicos, entre los que cuentan, la determinación de dos personas de contraer matrimonio o la voluntad responsable de conformarla.
Así, operó un cambio en relación con el régimen anterior que otorgaba solo especial protección a la familia surgida del vínculo matrimonial, así como a sus integrantes. De esta manera, la Constitución Política eliminó, de manera definitiva, cualquier distingo entre el matrimonio y la unión libre como formas de constitución de la familia, con fundamento en la protección que debe proporcionar el Estado a todas las formas de familia basándose en el principio de igualdad conforme al cual, se garantiza el mismo trato jurídico a sujetos en situaciones idénticas.
“La igualdad que propugna la Carta entre las uniones familiares surgidas de vínculos naturales y la conformada por vínculos jurídicos, abarca no sólo al núcleo familiar como tal, sino también a cada uno de los miembros que lo componen, puesto que estas disposiciones guardan íntima relación con el artículo 13 Superior, que prescribe: ‘Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica’ ()” Bajo este contexto, la protección integral a la familia, se extiende tanto a las conformadas por un vínculo matrimonial surgido de un acto jurídico solemne, como a las constituidas por la voluntad de quienes han convenido unir sus vidas mediante vínculos naturales desprovistos de formalidad.
De ahí que, la unión material de hecho, entendida como la formada por dos personas, que sin estar casadas hacen una vida permanente y singular y que se designan, compañero o compañera permanente, recibe el mismo tratamiento que jurídicamente se le conceden a las uniones de tipo formal, proponiéndose tratamientos igualitarios, incluso, frente a normas legales que establecen diferencias en el trato para el cónyuge o el compañero (a) en caso del fallecimiento del pensionado.
Con fundamento en lo anterior, la jurisprudencia constitucional ha señalado, de manera enfática, que tanto el cónyuge como el compañero permanente son merecedores de un tratamiento igualitario y que un trato diferente entre ellos por causa de su condición, constituye una diferenciación injustificada, inaceptable desde el punto de vista constitucional, teniendo en cuenta que el mismo texto fundamental ha puesto las dos calidades en plano de igualdad.
En esta medida, “() todas las prerrogativas, ventajas o prestaciones y también las cargas y responsabilidades que el sistema jurídico establezca a favor de las personas unidas en matrimonio son aplicables, en pie de igualdad, a las que conviven sin necesidad de vínculo formal.
- De lo contrario, al generar distinciones que la preceptiva constitucional no justifica, se desconoce la norma que equipara las formas de unión (artículo 42 de la C.P.) y se quebranta el principio de igualdad ante la ley (artículo 13 C.P.), que prescribe el mismo trato en situaciones idénticas”.
- Bajo este contexto, a la luz de lo dispuesto en los artículos 5, 13, 42 y 48 del texto fundamental, los derechos que se desprenden del derecho constitucional a la seguridad social cobijan de la misma manera tanto al cónyuge como al compañero(a) permanente conforme al principio constitucional de la igualdad respecto de las familias unidas por vínculos jurídicos o naturales, y que abarca, a su vez, a los miembros que conforman el núcleo familiar.
Lo anterior, significa que todo lo que se predique a favor de las personas unidas en matrimonio, prerrogativas, ventajas prestaciones, obligaciones, deberes y responsabilidades, comprende también a quienes conviven por vínculos naturales desprovistos de formalidad.
De este modo, en atención a que constitucionalmente se reconocieron iguales derechos para la familia en general, sin efectuar discriminación alguna en si se trataba de la surgida por vínculos naturales o jurídicos, no le es posible al legislador menos a la administración, consagrar o mantener regímenes que denoten discriminación y que otorguen mejor derecho a uno u otro tipo de familia.
Sólo bajo este contexto, se materializa el derecho a la igualdad en la medida en que el cónyuge, en el caso del matrimonio, y el compañero(a), en el caso de la unión marital de hecho, gozan de la misma importancia y de iguales derechos por lo cual están excluidos los privilegios y las discriminaciones que surjan en razón del vínculo.
Frente a la titularidad de la pensión de sobrevivientes, la Corte ha señalado que “rige el principio de igualdad entre cónyuges supérstites y compañeros (as) permanentes porque, siendo la familia el interés jurídico a proteger, no es jurídicamente admisible privilegiar un tipo de vínculo al momento de definir quién tiene derecho a este beneficio”, consideración que también se predica de la asignación mensual de retiro dada la misma finalidad que ambas persiguen.
DECISIÓN PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en este proceso. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que confirmó la dictada por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, negando la tutela solicitada por la señora Virgelina Espinosa Ramírez. Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. “Derecho del Bienestar Familiar” ISBN Última actualización: 31 de diciembre de 2019 Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentacin y disposicin de la compilacin estn protegidas por las normas sobre derecho de autor.
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¿Qué quiere decir el artículo 42 de la Constitución Politica de Colombia?
Artículo 42. —La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
¿Qué establece el artículo 32 de la Constitución de la República con respecto a la familia salvadoreña?
Art.32. – La familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico.