Cuando Se Creo La Primera Constitucion?
Adolfo Romero
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“Una constitución incapaz de transformarse es una constitución sin posibilidades de existencia.” Edmund Burke Escritor, filósofo y político El 4 de octubre de 1824 entró en vigor la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, siendo este un documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país,
- La creación de esta Constitución Federal se dio tiempo después de concluido el Primer Imperio Mexicano, de Agustín de Iturbide, y que México se declarara una nación independiente.
- Entonces se estableció un gobierno provisional que convocó a un Congreso Constituyente: se reunió el 5 de noviembre de 1823, y dos días después, el 7 de noviembre, celebró su instalación solemne.
Lo que pretendía este Congreso era tratar de conciliar las tendencias políticas existentes, y después de varios debates se aprobó el 24 de enero de 1824 el documento llamado Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, en el cual se establecieron las bases fundamentales para la Constitución Federal.
El Congreso Constituyente siguió con sus sesiones hasta el 5 de octubre de 1824, cuando clausuró sus actividades. El día anterior, el primer presidente de la República, el general Guadalupe Victoria, había jurado solemnemente la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en esa fecha, que terminó de manera definitiva la vigencia de la Carta Española de Cádiz de 1812,
Debido a lo anterior, el 1 de abril de 1824 se inició el proyecto de Constitución Federativa de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue aprobada el 3 de octubre, promulgada el 4 y publicada el 25 del mismo mes, teniendo como título Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos,
La Constitución de 1824 se conformó por 7 títulos y 171 artículos, y esbozó una mezcla de antecedentes hispánicos y estadounidenses, es decir, una combinación de lineamientos provenientes tanto de la Constitución liberal española promulgada el 19 de marzo de 1812 por las Cortes reunidas en Cádiz, durante el periodo de lucha contra el gobierno de José Bonaparte impuesto por el ejército francés, como de la carta federal de los Estados Unidos, aprobada en Filadelfia en 1787.
Por otro lado, se considera a este documento el resultado de la Guerra de Independencia, cuyos conceptos trascendieron hasta la Constitución de 1917 que nos rige hoy en día. Ejemplo de éstos son: soberanía nacional, derechos humanos, federalismo, división de poderes y democracia representativa,
- Así, la combinación de los tres modelos ―español, colonial y estadounidense― dio como resultado un sistema judicial muy peculiar en el texto aprobado por el Congreso Constituyente y promulgado el 4 de octubre de 1824,
- Algunos de los artículos más significativos son los primeros seis, declaran a los Estados Unidos Mexicanos como país libre e independiente, establecen los alcances del territorio, proclaman una sola religión, definen los estados de la República y anuncian la división del Supremo Poder de la federación, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial,
https://www.gob.mx/inafed/articulos/hace-193-anos-se-promulgo-la-primera-constitucion-federal-de-los-estados-unidos-mexicanos#:~:text=As%C3%AD%20el%201%20de%20abril,de%20los%20Estados%20Unidos%20Mexicanos. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1671/17.pdf https://www.gob.mx/inafed/articulos/hace-193-anos-se-promulgo-la-primera-constitucion-federal-de-los-estados-unidos-mexicanos#:~:text=As%C3%AD%20el%201%20de%20abril,de%20los%20Estados%20Unidos%20Mexicanos.
¿Cuándo E creó la Constitución?
Última revisión 07/10/2022 Aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S.M.
El Rey ante las Cortes el 27 de diciembre del mismo año (Boletín Oficial del Estado núm.311, de 29 de diciembre de 1978). Reforma del artículo 13, apartado 2, aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado, de 22 y 30 de julio de 1992, respectivamente, y sancionada por S.M.
el Rey el 27 de agosto de 1992 (Boletín Oficial del Estado núm.207, de 28 de agosto de 1992). Reforma del artículo 135 aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado de 2 y 7 de septiembre de 2011, respectivamente, y sancionada por S.M.
¿Quién creó la Constitución de 1812?
Constitución de 1812 La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, conocida por eso como la Pepa, es la primera Constitución propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 1808 no dejó de ser una “Carta otorgada” marcada por el sello napoleónico. Cartera de terciopelo rojo con cordones de seda roja y borlas que penden de las esquinas, con cerradura de metal plateado, probablemente utilizada para transportar la Constitución de Cádiz de 1812 (390 x 330 x 95 mm.) Federico Reparaz La Constitución se aprobó en el marco de la Guerra de la Independencia (1808 a 1814), y fue la respuesta del pueblo español a las intenciones invasoras de Napoleón Bonaparte que, aprovechando los problemas dinásticos entre Carlos IV y Fernando VII, aspiraba a constituir en España una monarquía satélite del Imperio, como ya había hecho con Holanda, Alemania e Italia, destronando a los Borbones y coronando a su hermano José Bonaparte.- Pero la respuesta de los ciudadanos, jalonada por sucesos como el Motín de Aranjuez, las Renuncias de Bayona y el levantamiento de los madrileños el 2 de mayo, encerró un segundo significado para una pequeña parte del pueblo español.
- La España patriota, disgregada en un movimiento acéfalo de Juntas, entre levantamientos, sitios y guerrillas se unió finalmente en una Junta central Suprema, y después en una Regencia de cinco miembros, cuyos cometidos principales fueron la dirección de la guerra y la reconstrucción del Estado.
En este punto los pareceres se encontraban divididos: había quienes deseaban seguir anclados en el Antiguo Régimen, quienes deseaban una reforma templada a la inglesa y aquellos que, influidos por las doctrinas y ejemplo de Francia, consideraban que la reconstrucción había de ser más radical. Edición original manuscrita de la Constitución de 1812. Federico Reparaz. La obra de las Cortes de Cádiz combinó las tendencias constitucionales netamente españolas y la afrancesada. En efecto, la constitución de 1812 enlazaba con las Leyes tradicionales de la Monarquía española pero, al mismo tiempo, incorporaba principios del liberalismo democrático tales como a soberanía nacional y la separación de poderes.
- La soberanía, poder pleno y supremo del Estado, que hasta entonces había correspondido al Rey, pasa ahora a la Nación, como ente supremo y distinto a los individuos que la integran, representado por los diputados, sin estamentos ni mandato imperativo.
- La separación de poderes, la más rígida de nuestra historia, siguió el modelo de la constitución francesa de 1791 y la de los Estados Unidos, lo cual impidió el nacimiento del régimen parlamentario en España.
La Constitución no incorporó una tabla de derechos y libertades, pero sí recogió algunos derechos dispersos en su articulado, como la libertad personal o el derecho de propiedad. Sin embargo, el texto proclama a España como Estado confesional, no reconociendo la libertad religiosa. Detalle de la bandera y de la encuadernación en terciopelo de seda roja de la edición manuscrita de la Constitución de 1812. Federico Reparaz. Los diputados a Cortes eran elegidos mediante sufragio indirecto, siendo necesario para ser candidato poseer una renta anual procedente de bienes propios, con lo cual, el Parlamento quedaba en manos de las clases acomodadas.
- En lo que a los poderes del Rey se refiere, se introdujeron modificaciones sustanciales.
- Si en el Antiguo Régimen el Rey había ostentado su condición en virtud de un título divino, ahora lo hacía por la gracia de Dios y la Constitución.
- Su poder se vio limitado, conservando una participación en el Poder legislativo, con una tímida iniciativa y un veto suspensivo así como la titularidad del Poder ejecutivo, aunque sus actos debían ser refrendados por los Secretarios de despacho.
Podemos destacar dentro de la Comisión Constitucional las figuras de D. Diego Muñoz Torrero, Presidente de la misma, y a D. Agustín Argüelles, que fue el encargado de redactar el Proyecto de la Constitución y su discurso preliminar. La Constitución de 1812 tuvo una vigencia efímera.
- Fernando VII la derogó a su vuelta a España en 1814, implantando el más férreo absolutismo durante seis años.
- Tras el pronunciamiento de Riego en 1820, precisamente con las tropas que debían viajar a América para detener la emancipación, el Rey se vio obligado a jurar la Constitución de 1812, iniciándose así el Trienio liberal.
Con ello terminó la vigencia de la Constitución de Cádiz, pero no su influjo, que gravitó sobre la política nacional, directamente hasta 1868, e indirectamente, durante el resto del ciclo liberal. Tuvo además una gran influencia fuera de España, tanto en América, en las constituciones de las viejas colonias españolas al independizarse, como en Europa, en la que durante años operó como un auténtico mito, influyendo en las ideas constitucionales portuguesas, en el surgimiento del Estado italiano e incluso en la Rusia zarista. Constitución de 1812 (Impresa) (67MB) Estatuto de Bayona (27 MB) Manifiesto de los Persas (36 MB)
¿Dónde surgió y cuándo se creó la primera Constitución en el mundo?
Historia del constitucionalismo – Sería anacrónico entender como constituciones modernas los sistemas políticos de la Antigüedad griega ( democracia ateniense ), la obra de sus legisladores ( logógrafos ) o los estudios legislativos de sus filósofos ( Aristóteles, Athenaion politeia —cuyo título se traduce habitualmente como Constitución de los atenienses —).
- Carta Magna (Inglaterra, 1215 -versión con sello de 1297-).
- Nova compilatio dels usatges de Barcelona, constitutions, capitols y actes de cort y altras leys de Cathalunya (libro impreso a partir de la versión de 1413 – constituciones catalanas, usatges -).
- El Fuero, Privilegios, Franquezas y Libertades de los Cavalleros hijosdalgo del Señorío de Vizcaya, confirmados por el Rey don Felipe II nuestro señor, Y por el Emperador y Reyes sus predecesores (1575).
Ya en el contexto de las revoluciones burguesas de la Edad Moderna, algún texto ha sido retrospectivamente calificado de “constitución”, como la Ley Perpetua del Reino de Castilla que intentaron promulgar los comuneros de la Junta de Ávila (1520). Con mayor trascendencia, el régimen político establecido en los Países Bajos sublevados desde finales del siglo XVI incorpora algunas características propias de un sistema constitucional, aunque los textos que generó ( Pacificación de Gante -1576-, Unión de Utrecht -1579-) no pueden considerarse “constituciones”.
- Bill of rights inglés de 1689.
- Alegoría de la Pacificación de Gante, 1576.
- Firmas al pie de la Unión de Utrecht, 1579.
Consecuencia de la crítica ilustrada a los sistemas políticos del Antiguo Régimen (la monarquía absoluta o autoritaria ), las constituciones actuales comienzan con los proyectos para Córcega y para Polonia que redactó Jean-Jacques Rousseau en 1755 y 1771-1772 respectivamente; y, ya como documento que efectivamente entró en vigor, la Constitución de Estados Unidos (17 de septiembre de 1787, cuyo antecedente directo es la del Estado de Virginia, 1776), estableciendo los límites de los poderes gubernamentales, y que en sus primeras enmiendas ( Bill of Rights de 15 de diciembre de 1791) protege los derechos y libertades fundamentales.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa (26 de agosto de 1789), documento precursor de los derechos humanos, menciona explícitamente en su artículo XVI el concepto de constitución: «Una sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes determinada, no tiene Constitución».
El siglo XIX supuso un desarrollo constante de esta idea de constitución, de división de poderes y de establecimiento del derecho moderno como hoy lo conocemos. Así, con el liberalismo, las constituciones se concretan y desarrollan ( Ustawa Rządowa o constitución polaca del 3 de mayo de 1791, Constitución francesa del 3 de septiembre de 1791, Constitución Política de la Monarquía Española del 19 de marzo de 1812, etc.); diseñando sistemas políticos muy diversos ( Acta constitucional del pueblo francés o “Constitución del año I” -1793, una constitución republicana y democrática, que reconocía el derecho al trabajo y a la insurrección, y que no llegó a entrar en vigor-, Carta constitucional francesa de 1814 —una ” carta otorgada ” que no reconocía la soberanía nacional—).
- We, the people (“nosotros, el pueblo”) son las palabras con las que comienza la Constitución de los Estados Unidos, 1787.
- Déclaration des droits de l’homme et du citoyen francesa de 1789.
- La primera constitución española, “de Cádiz” o “de 1812”, llamada “la Pepa” por promulgarse el 19 de marzo.
- Charte constitutionnelle de 1814, la carta otorgada por Luis XVIII durante la restauración borbónica en Francia.
Más allá de los derechos civiles y políticos, la introducción de la llamada ” segunda generación de derechos ” (los derechos sociales ) comienza en las constituciones surgidas en el primer tercio del siglo XX ( Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 31 de enero de 1917, Constitución soviética de 10 de julio de 1918 —precedida por una Declaración de derechos del pueblo trabajador y explotado —, Constitución de Weimar de 11 de noviembre de 1919, Constitución española de 1931 ).
- Constitución mexicana de 1917.
- Pico “Constitución”, de 5284 metros, el mayor de Kuyljutau (cordillera Tian Shan, en el actual Kirgizistán), denominado así en honor a la Constitución soviética.
- Die Verfassung des Deutschen Reichs, la llamada “Constitución de Weimar” de 1919.
- Declaración Universal de Derechos de Hombre de 1948 (ejemplar en español, sostenido por Eleanor Roosevelt).
¿Dónde se originó la primera Constitución?
‘San Cristóbal, cuna de la Constitución ‘
¿Dónde se firmó la Pepa?
Constitución española de 1812 | |
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Texto | Preámbulo y diez títulos con 384 artículos |
Autor(es) | Cortes Generales constituidas el 24 de septiembre de 1810 en Cádiz |
Creación | 12 de marzo de 1812 |
Promulgación | 19 de marzo de 1812 |
¿Quién era el rey de España en 1812?
Fernando VII de España – Wikipedia, la enciclopedia libre.
¿Cuánto duró la Constitución de 1812?
Fueron periodos de vigencia de este texto constitucional el intervalo 1812-1814, el Trienio Liberal (1820-1823) y 1836-1837.
¿Qué fue la Constitución de 1787?
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