En Chile Se Crea La Constitucion De 1833 Que Establece Un Republica Presidencial?
Adolfo Romero
- 0
- 18
La Constitución Política de la República de Chile redactada en 1833 es el texto constitucional que rigió al país por 92 años, hasta septiembre de 1924. Fue promulgada y jurada el 25 de mayo de 1833.
¿Quién elegía al Presidente en la Constitución de 1830?
Método – El decreto del 30 de marzo de 1830 establecía la forma de votar en los siguientes artículos:
12. Los votos se darán personalmente y de palabra, proponiendo un número doble de personas del que corresponda al de Representantes que deba dar el Departamento; de suerte que se vote por diez en el Departamento que deba dar cinco; ocho donde cuatro, y así en los demás.13. La votación se anotará en listas dobles que formarán a un mismo tiempo dos individuos de la mesa, expresando el nombre del sufragante y las personas por quienes vota; estas listas se confrontarán y firmarán por todos los de las mesas según vayan llenándose los pliegos en que se asienten.
El presidente sería elegido por ambas cámaras según la Constitución, Sección IV, Capítulo 1. Apartado 18: “Nombrar, reunidas ambas cámaras, la persona que hará de desempeñar el poder ejecutivo, y los miembros de la alta corte de justicia.”
¿Qué presidentes han modificado la Constitución chilena?
Origen de la Constitución – Luego del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, no solo fue suspendida la Constitución de 1925, sino que, además, se buscó crear una nueva institucionalidad completamente desde cero. Se designó una «Comisión de Estudios de la Nueva Constitución» (CENC), más conocida como Comisión Ortúzar, a la que se le confirió la labor de crear un anteproyecto de constitución,
El Consejo de Estado discutió e introdujo algunas modificaciones al anteproyecto entre 1978 y 1980, Tuvieron aquí alguna participación el expresidente Jorge Alessandri, presidente del Consejo, y Enrique Ortúzar, Con posterioridad a la redacción afinada por dicho cuerpo consultivo, la Junta Militar también le introdujo algunos cambios.
Convoco a los chilenos mayores de 18 años a un plebiscito para que se pronuncien sobre la aprobación o rechazo del texto constitucional propuesto por la junta de gobierno Un texto Fundado en la libertad personal en todos sus ámbitos, en la propiedad privada de los medios de producción y en la iniciativa económica particular dentro de un estado subsidiario Corresponderá ahora a la ciudadanía dar un nuevo y decisivo paso por la senda en que ha venido caminando Chile desde el mismo 11 de septiembre del año 1973.
Al terminar estas palabras, invoco a Dios Todopoderoso para que ilumine a todos los chilenos en esta definición trascendental de nuestra existencia histórica y para que Él continúe guiando esta Nación tan querida, por la ruta libre, grande y soberana que trazaron para ellos los padres de la patria,
El texto fue, en definitiva, sometido a consideración de la ciudadanía mediante el plebiscito nacional de 1980, en el que fue aprobado. Dicho plebiscito fue cuestionado por las irregularidades formales de su celebración (entre otros problemas, no existían registros electorales y la oposición se vio impedida de efectuar campaña).
¿Quién fue el Presidente del Perú en el año 1933?
La Constitución de 1933 – El presidente Luis Miguel Sánchez Cerro en la ceremonia de promulgación de la Constitución de 1933. Tras arduos debates, el Congreso Constituyente promulgó una nueva Constitución, que fue refrendada por el presidente Sánchez Cerro el 9 de abril de 1933.
- Estableció el período presidencial en seis años y prohibió la reelección inmediata.
- Otorgó a las cámaras legislativas la facultad de derribar gabinetes e incluso de privar de su cargo al presidente. Pero no hubo ningún contrapeso, pues el Ejecutivo no podía por ningún motivo disolver las cámaras legislativas (algo que solo se establecería a partir de la Constitución de 1980).
- Mantuvo el centralismo administrativo, aunque otorgó autonomía económica y administrativa a los municipios.
- Declaró a la religión católica como la oficial, aunque dejaba establecida la libertad de cultos.
- Acogió de manera detallada las garantías individuales, señalando las obligaciones del Estado frente a ellas, y autorizó el recurso del Habeas Corpus en ese tipo de derechos.
- Estableció la pena de muerte por delitos de traición a la patria y homicidio calificado, establecidos por ley.
- Añadió el artículo 213, por el cual las fuerzas armadas tienen la finalidad de “asegurar los derechos de la República, el cumplimiento de la Constitución y de las leyes y la conservación del orden público”. Este artículo sería posteriormente utilizado por los altos mandos militares para legitimar los consiguientes golpes de Estado,
¿Qué establece la Constitución de 1979?
CONSTITUCIÓN DE 1979 Artículo 79. El Perú en una República democrática y social, independiente y soberana, basada en el trabajo. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado. Artículo 80. Son deberes primordiales del Estado defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, promover el bienestar general basado en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado del país, y eliminar toda forma de explotación del hombre y el de hombre por el Estado.
- Artículo 81. El poder emana del pueblo.
- Quienes lo ejercen lo hacen en su representación y con las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la ley.
- Ninguna persona, organización, Fuerza Armada o Fuerza Policial, o sector del pueblo puede arrogarse su ejercicio.
- Hacerlo es sedición.
Artículo 82. Nadie debe obediencia a un Gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos en violación de los procedimientos que la Constitución y las leyes establecen. Son nulos los actos de toda autoridad usurpada. El pueblo tiene el derecho de insurgir en defensa del orden constitucional.
Artículo 83. El castellano es el idioma oficial de la República. También son de uso oficial el quechua y el aymara en las zonas y la forma que la ley establece. Las demás lenguas aborígenes integran asimismo el patrimonio cultural de la nación. Artículo 84. La capital de la República del Peru es la ciudad de Lima.
Artículo 85. La bandera de franjas verticales con los colores rojo, blanco y rojo, el escudo y el himno nacional establecido por ley, son símbolos de la Patria. Artículo 86. Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Peru.
- Le presta su colaboración.
- El Estado puede también establecer formas de colaboración con otras confesiones.
- Artículo 87. La Constitución prevalece sobre toda otra norma legal.
- La ley, sobre toda norma de inferior categoría, y así sucesivamente de acuerdo a su jerarquía jurídica.
- La publicidad es esencial para la existencia de toda norma del Estado.
La ley señala la forma de publicación y los de su difusión oficial. : CONSTITUCIÓN DE 1979