En Que Consiste La Constitucion De 1925?

En Que Consiste La Constitucion De 1925
Constitución de 1925 – Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile En la segunda década del siglo XX, el sistema político chileno entró en una profunda crisis. La emergencia de populares y de clase media puso en cuestión el manejo del Estado, demandando profundas reformas políticas, sociales y económicas.

El que existía se demostró incapaz de resolver las nuevas demandas sociales, paralizado por las constantes rotativas ministeriales, las luchas entre facciones políticas y la debilidad de la figura presidencial. La reforma al sistema político se materializó en una nueva Constitución política, la que fue aprobada a fines de 1925.

La nueva carta fundamental fijó un régimen representativo, de carácter presidencial y con una separación estricta de poderes. El presidente desarrollaría las funciones de jefe de Estado y gobierno, nombrando y removiendo a los ministros; un bicameral tendría una función colegisladora; y la forma de gobierno territorial sería unitaria.

  1. Por otra parte, separó definitivamente la Iglesia del Estado y modernizó la estructura estatal.
  2. Entre 1932 y 1970, bajo esta Constitución, el sistema político se perfeccionó, permitiendo el acceso de los sectores medios y populares y consolidando una de las democracias más estables de América Latina.

: Constitución de 1925 – Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile

¿Qué es la promulgación de la Constitución?

Aniversario de la Promulgación de la Constitución Mexicana Universidad Naval | 05 de febrero de 2021 La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada en el teatro de la República de la Ciudad de Querétaro por el entonces Presidente Venustiano Carranza Garza, el 5 de febrero de 1917, y es el documento más importante que se originó como consecuencia de la lucha revolucionaria de 1910, en el cual fueron consideradas las demandas que dieron origen a la Revolución Mexicana.

En ella están plasmadas los principios y objetivos de la Nación. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos y obligaciones de los individuos y las vías para hacerlos efectivos. Al conmemorar el centésimo cuarto aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Universidad Naval en apego al artículo tercero, pone al alcance de la juventud mexicana una educación laica, gratuita, científica y de calidad mediante las carreras de nivel profesional y técnico profesional que en sus Establecimientos Educativos Navales se imparten de forma integral y de excelencia.

: Aniversario de la Promulgación de la Constitución Mexicana

¿Qué pasó en el año 1825 en Chile?

La creación de diferentes Asambleas Provinciales a mediados de 1825, tanto en Coquimbo, Santiago y Concepción, vendrá a corroborar las ansias de autonomía por parte de las provincias. En el caso de Santiago su existencia es más breve, ya que Freire la declarará disuelta el 8 de octubre de 1825.

¿Cómo se aprobó la Constitución de 1925?

Promulgada el 18 de septiembre de 1925 por el Presidente Arturo Alessandri Palma, es sometida a plebiscito el 30 de agosto del mismo año. Pone término al sistema parlamentario estableciendo un régimen presidencialista. A partir del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, queda subordinada al poder militar.

Esta Constitución se dicta en un contexto de crisis del orden oligárquico parlamentario y de ascenso de los sectores medios y populares, que tuvo su manifestación en la presidencia de Arturo Alessandri Palma (1920-1925). El 3 de septiembre de 1924, la intervención de las fuerzas armadas en la institucionalidad política, y el 12 de marzo de 1925, fecha en la que Alessandri retoma la primera magistratura luego de seis meses fuera del poder, son coyunturas históricas claves para comprender el origen del nuevo texto.

El proceso de elaboración de esta Carta puede resumirse como sigue: el 7 de abril de 1925, el Presidente Alessandri designa una Comisión Consultiva de 122 miembros para elaborar una nueva Carta Fundamental, y el día 16 del mismo mes, se propone la creación de dos Subcomisiones: Una Subcomisión de Reformas Constitucionales (que debía tratar el proyecto de reforma), compuesta por 15 personas designadas por el propio Alessandri, quien además presidió la Subcomisión.

En tanto, la segunda Subcomisión de forma (que debía tratar los mecanismos de aprobación), se reunió solo en 3 ocasiones, no llegando a resultados satisfactorios. El 23 de junio de 1925, la primera Subcomisión elaboró un primer proyecto de Constitución, y el 13 de julio, un segundo proyecto. Entre los días 22 y 23 de julio, la Comisión Consultiva revisó el proyecto, la cual ordenó devolverlo a la Subcomisión de Reforma, para que redactara el proyecto definitivo que se sometería a plebiscito, el que fue convocado por Decreto Ley N° 462, firmado por el Presidente Alessandri y sus ministros, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1925.

El citado Decreto Ley, aparte de convocar a un plebiscito para el día 30 de agosto de 1925, con el objeto de que los ciudadanos se pronunciaran sobre el Proyecto de Nueva Constitución, estableció la forma, modo y procedimiento en que se debía realizar el plebiscito.

  1. El artículo 2° de la norma citada, dispuso que cada elector recibiría tres cédulas: roja, azul y blanca.
  2. La primera contenía la opción: “Acepto el proyecto de Constitución presentado por el Presidente de la República sin modificación”; la roja “Acepto el proyecto de constitución, pero con régimen parlamentario y la consiguiente facultad de censurar Ministerios y postergar la discusión y despacho de la ley de presupuestos y recursos del Estado” y la blanca de “Rechazo de todo el proyecto”.

El día 15 de septiembre de 1925, se realiza en escrutinio general del plebiscito en conformidad al 29 del Decreto Ley, que arrojó como resultado la aprobación de la nueva Constitución, con un 43,03% de los sufragios. La nueva Constitución se promulgó y publicó el 18 de septiembre del mismo año, entrando en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.

La nueva Carta Fundamental contenía 110 artículos distribuidos en 10 Capítulos y 10 disposiciones transitorias. Se caracteriza porque restablece el presidencialismo como régimen de gobierno, con el fin de que el Presidente de la República pudiese designar libremente a sus ministros y que éstos no pudieran ser derribados por mayorías ocasionales en el Parlamento.

En definitiva, se deseaba que el Presidente de la República, quien es el Jefe del Gobierno y de Estado, ejerciera efectivamente el Poder Ejecutivo y que el Congreso Nacional se concentrara en su labor legislativa. El Presidente de la República, es elegido por sufragio universal directo, siendo las dos Cámaras del Congreso, reunidas en sesión pública, las encargadas de proclamar al candidato vencedor, en caso de que obtenga más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos; de no contar en esa mayoría, el Congreso Pleno elegirá entre las dos más altas mayorías relativas; dura seis años en el cargo, sin reelección inmediata.

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Además de la la facultad de nombrar y remover discrecionalmente a sus ministros, los que sólo requieren contar con su exclusiva confianza para mantenerse en el cargo, ejerce funciones de colegislador y nombra a una serie de autoridades, entre ellas las los Magistrados Superiores de Justicia y los jueces letrados.

Por otra parte, la Constitución Política de 1925, otorga al Estado un rol fundamental en el desarrollo político, económico, social y cultural, consagrando un Estado Social de Derecho, el que fue perfeccionándose durante su evolución entre 1925 y 1973.

Se estableció la protección al trabajo, a la industria y a las obras de previsión social. Entre otras disposiciones importantes de la nueva Constitución, se encuentra la separación de la Iglesia del Estado y garantizando la más amplia libertad de conciencia y de cultos. Asimismo, termina con las llamadas “leyes periódicas” como fuente de presión política del Congreso Nacional hacia el Presidente de la República, disponiendo que si el Poder Legislativo no aprobaba la Ley de Presupuestos presentadas por el Ejecutivo en el plazo fijado por la Constitución, regiría automáticamente el proyecto presidencial.

En definitiva, la Constitución Política de 1925 proporcionará el marco institucional de la ampliación de la ciudadanía y del sistema político, que predominó en gran parte del siglo XX.

¿Cuál es el objetivo principal de la Constitución?

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Suprema del sistema jurídico mexicano. Fue promulgada el 5 de febrero de 1917 por Venustiano Carranza en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro. Entró en vigor en mayo de ese mismo año.

  1. La Constitución contiene los principios y objetivos de la nación.
  2. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos.
  3. Contiene 136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve títulos: Título Primero.

Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías. Capítulo II. De los Mexicanos, Capítulo III. De los Extranjeros. Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos. Título Segundo. Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno. Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional.

  1. Título Tercero.
  2. Capítulo I.
  3. De la División de Poderes.
  4. Capítulo II.
  5. Del Poder Legislativo.
  6. Capítulo III.
  7. Del Poder Ejecutivo.
  8. Capítulo IV.
  9. Del Poder Judicial.
  10. Título Cuarto.
  11. De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado.

Título Quinto. De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México. Título Sexto. Del Trabajo y de la Previsión Social. Título Séptimo. Prevenciones Generales. Título Octavo. De las Reformas de la Constitución. Título Noveno. De la Inviolabilidad de la Constitución.

¿Quién promulgó la Constitución?

Aniversario de la promulgación de las Constituciones de 1857 y 1917 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos – México “La comparación entre el texto original de la Constitución de 1857, el Proyecto que presentó Carranza al Constituyente y la versión primera de la Constitución de 1917 es importante porque estos cuerpos jurídicos representan momentos capitales de nuestra historia constitucional y de los proyectos de nación que contenían.” María del Refugio González Investigadora de la División de Estudios Jurídicos (CIDE) El 5 de febrero marca históricamente la promulgación de las dos principales constituciones políticas de México: la de 1857 y la de 1917.

  1. La primera respondió a los planteamientos del liberalismo juarista; la segunda, al reforzamiento institucional que, una vez asentado en el poder, realizara Venustiano Carranza al fin de la revolución.
  2. El 5 de febrero de 1857, tras la apertura de sesión a voz del vicepresidente del Congreso, León Guzmán, en el salón de sesiones de Palacio Nacional, leyó la Carta Magna José María Mata, y al finalizar, más de noventa diputados desfilaron ante el documento escrito, conforme se nombraba a sus respectivos estados, para estampar su firma al calce y dar peso real a la nueva normatividad.

Para cerrar con broche de oro, Valentín Gómez Farías, el distinguido político liberal y presidente del Congreso, entonces ya con 76 años de edad, juró la nueva Ley. Con 8 Títulos y 120 preceptos, la Constitución de 1857 enfatizaba a los derechos del hombre como fundamento institucional, abrazando la igualdad y libertad de todos ante la ley.

  • También instituía el derecho de propiedad, y consagraba, entre otras, las libertades de enseñanza, trabajo, pensamiento, asociación, comercio e imprenta.
  • En ellas se establecía el federalismo, la abolición de la esclavitud, la defensa de las ideas, y la religión católica dejaba de ser oficial para abrir el panorama a la libertad de credos.
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México sería una república popular y federal, con división de poderes en tres: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En resumen, se manifestaba el espíritu libre y soberano de las Leyes de Reforma juaristas, y con ello se erguía una nueva concepción de país, de nación.

  • El 5 de febrero de 1917, sesenta años después, Venustiano Carranza promulgó la Constitución que aún nos rige.
  • La sede fue el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro, y entró en vigor hasta el 1 de mayo.
  • Surge cuando la revolución aún no ha terminado, y pretende imponer un nuevo orden bajo la ley, legitimando al Estado carrancista como detentor del poder.

Su base fue la Constitución predecesora, pero al emanar de la guerra revolucionaria en un momento en que ésta aún no terminaba, pues zapatistas y villistas aún luchaban por sus demandas, incluyó en sus planteamientos aquellos fundamentos sociales que formaban parte de estas luchas, como la reforma agraria, el municipio libre, la cuestión obrera, y la educación obligatoria y gratuita.

La Constitución de 1917 se consideró vanguardista, siendo ejemplo a nivel internacional al ser la primera en incluir los derechos sociales en su texto. Constó de 9 títulos, 136 artículos y 19 transitorios. Igual de importantes, ambas Constituciones provienen de sendos movimientos revolucionarios; muestran el devenir de México, momentos fundamentales de la historia del país y sus habitantes, su forma de gobierno, y el Proyecto de Nación, propuesto y elegido; pero sobre todo representan el Pacto Social que la sociedad mexicana firmó y en torno al cual se acordó la convivencia, bajo los valores ahí plasmados.

Por ello, en esta ocasión las recordamos conjuntamente, en una conmemoración que permite destacar nuestro trayecto hacia la soberanía y los valores heredados de la reforma, así como la conciencia social agraria y proletaria de la movilización popular, todo lo cual abonó en favor del marco legal que actualmente da sustento a las garantías individuales, la igualdad y equidad ante la ley, los derechos humanos y la soberanía mexicana, entre otros aspectos fundamentales que rigen la vida de nuestra nación.

¿Qué plantea la Constitución de 1823?

El 11 de abril de 1823 se promulgó una nueva Constitución Política del Estado de Chile. Esta Carta fundamental, denominada “moralista”, fue escrita por Juan Egaña. Promovía el desarrollo de nuevos valores cívicos y éticos. Además, hubo un intento de decretar a la religión católica como obligatoria. Durante la administración del Director Supremo Provisorio, Ramón Freire Serrano, se promulgó una nueva Constitución Política del Estado de Chile el 11 de abril de 1823, convirtiéndose en el tercer texto que pretendió regular la convivencia de los chilenos, luego de la Proclamación de la Independencia de Chile, en febrero de 1818.

  • Su principal redactor fue el peruano Juan Egaña Risco, quien presidió la Comisión designada por el Congreso Constituyente.
  • Pero la complejidad de las instituciones que en ella se estableció y el procedimiento engorroso determinado para la tramitación de las leyes como la intención de pretender reglamentar y valorar el comportamiento incluso privado de los ciudadanos, hicieron imposible ponerla en práctica.

Por esta razón, es conocida como la Constitución “Moralista” de Egaña. Anteriormente, el primer Proyecto Constitucional fue ordenado por el Director Supremo Bernardo O’Higgins Riquelme, quien nombró una Comisión Constituyente para este efecto, luego de la Proclamación de la Independencia.

  1. Este texto fue promulgado después de un Plebiscito nacional entre las localidades de Copiapó y Cauquenes.
  2. Esta primera Carta Fundamental consagró el principio de “soberanía nacional”, teniendo la Nación la facultad de instalar su Gobierno y dictar las leyes que la regirían.
  3. Con ella, el país quedó dividido en tres provincias: Coquimbo, Santiago y Concepción.

Adicionalmente, se reconoció la separación de los poderes. El Poder Ejecutivo, recayó sobre el Director Supremo con amplias atribuciones, mientras que el Poder Legislativo quedó conformado por un Senado compuesto de cinco vocales designados por el Director Supremo, cuya función fue velar por la Constitución y las leyes.

  1. Finalmente, el Poder Judicial fue entregado a un Supremo Tribunal Judiciario y a una Corte de Apelaciones y Juzgados subalternos.
  2. Esta Constitución fue reemplazada cuatro años más tarde por la Constitución de 1822, siendo obra del Ministro José Antonio Rodríguez Aldea,
  3. En ella se trató de adaptar la Constitución de Cádiz de 1812, a la nueva forma de gobierno semirrepublicano, conservando además algunas disposiciones de la Constitución de 1818.

Si bien, el Poder Ejecutivo quedó en poder del Director Supremo, el período de éste se acotó a seis años, con el derecho de ser reelegido una sola vez por cuatro años. Lo novedoso de este Texto fue para el Poder Legislativo, estableciendo un sistema bicameral compuesto por una Cámara de Diputados y un Senado.

Mientras que el Poder Judicial, mantuvo la misma organización que le había dado la Constitución de 1818. Luego vino la Constitución de 1823 que se promulgó con posterior a la abdicación de O’Higgins. Esta constitución tenía 277 artículos y es la más extensa que ha regido nuestro país. Se hizo impracticable por la mezcla de elementos políticos, religiosos y morales.

Especialmente porque tenía la pretensión de regular y controlar la vida pública y privada en forma minuciosa e inadmisible, por esta razón, el Congreso la declaró derogada en diciembre de 1824. Constitución de 1823 (Carta fundamental) Esta constitución, denominada “moralista”, promovía el desarrollo de nuevos valores cívicos y éticos.

¿Qué establece la Constitución de 1823?

La Constitución de 1823, de inspiración liberal, se basaba en la soberanía popular: «La soberanía reside esencialmente en la nación, y su ejercicio en los magistrados, a quienes ella ha delegado sus poderes.» (Artículo 3).

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¿Qué pasó en el mundo en 1925?

30 de enero. El gobernador de Tabasco, Tomás Garrido Canabal, promulga un decreto que restringe a uno, por cada 30 mil habitantes, el número de sacerdotes que pueden oficiar en ese estado.15 de marzo. Se funda la liga Nacional para la Defensa de la Libertad Religiosa.

¿Cuál es la primera Constitución?

“Una constitución incapaz de transformarse es una constitución sin posibilidades de existencia.” Edmund Burke Escritor, filósofo y político El 4 de octubre de 1824 entró en vigor la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, siendo este un documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país,

La creación de esta Constitución Federal se dio tiempo después de concluido el Primer Imperio Mexicano, de Agustín de Iturbide, y que México se declarara una nación independiente. Entonces se estableció un gobierno provisional que convocó a un Congreso Constituyente: se reunió el 5 de noviembre de 1823, y dos días después, el 7 de noviembre, celebró su instalación solemne.

Lo que pretendía este Congreso era tratar de conciliar las tendencias políticas existentes, y después de varios debates se aprobó el 24 de enero de 1824 el documento llamado Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, en el cual se establecieron las bases fundamentales para la Constitución Federal.

  1. El Congreso Constituyente siguió con sus sesiones hasta el 5 de octubre de 1824, cuando clausuró sus actividades.
  2. El día anterior, el primer presidente de la República, el general Guadalupe Victoria, había jurado solemnemente la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en esa fecha, que terminó de manera definitiva la vigencia de la Carta Española de Cádiz de 1812,

Debido a lo anterior, el 1 de abril de 1824 se inició el proyecto de Constitución Federativa de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue aprobada el 3 de octubre, promulgada el 4 y publicada el 25 del mismo mes, teniendo como título Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos,

La Constitución de 1824 se conformó por 7 títulos y 171 artículos, y esbozó una mezcla de antecedentes hispánicos y estadounidenses, es decir, una combinación de lineamientos provenientes tanto de la Constitución liberal española promulgada el 19 de marzo de 1812 por las Cortes reunidas en Cádiz, durante el periodo de lucha contra el gobierno de José Bonaparte impuesto por el ejército francés, como de la carta federal de los Estados Unidos, aprobada en Filadelfia en 1787.

Por otro lado, se considera a este documento el resultado de la Guerra de Independencia, cuyos conceptos trascendieron hasta la Constitución de 1917 que nos rige hoy en día. Ejemplo de éstos son: soberanía nacional, derechos humanos, federalismo, división de poderes y democracia representativa,

  1. Así, la combinación de los tres modelos ―español, colonial y estadounidense― dio como resultado un sistema judicial muy peculiar en el texto aprobado por el Congreso Constituyente y promulgado el 4 de octubre de 1824,
  2. Algunos de los artículos más significativos son los primeros seis, declaran a los Estados Unidos Mexicanos como país libre e independiente, establecen los alcances del territorio, proclaman una sola religión, definen los estados de la República y anuncian la división del Supremo Poder de la federación, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial,

https://www.gob.mx/inafed/articulos/hace-193-anos-se-promulgo-la-primera-constitucion-federal-de-los-estados-unidos-mexicanos#:~:text=As%C3%AD%20el%201%20de%20abril,de%20los%20Estados%20Unidos%20Mexicanos. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1671/17.pdf https://www.gob.mx/inafed/articulos/hace-193-anos-se-promulgo-la-primera-constitucion-federal-de-los-estados-unidos-mexicanos#:~:text=As%C3%AD%20el%201%20de%20abril,de%20los%20Estados%20Unidos%20Mexicanos.

¿Cuántas constituciones ha tenido Chile y cuáles son?

En la historia de Chile han existido diez textos constitucionales (1811, 1812, 1814, 1818, 1822, 1823, 1828, 1833, 1925 y 1980), así como un proyecto de constitución federal en 1826 y una propuesta de Constitución en 2022; ambas no llegaron a buen puerto, siendo la última rechazada mediante un plebiscito.

¿Cuántas constituciones se han hecho en Chile?

Desde la Independencia hasta el siglo XX fueron 11 textos constitucionales redactados para organizar el Estado de Chile, siendo un elemento común establecer un estado unitario, a excepción del texto de 1826 que propuso una nación federal.

¿Quién creó la Constitución de 1811?

Función Confederar a las entonces provincias de Venezuela, estableciendo un Estado independiente de España, bajo un gobierno popular, republicano y federal, consagrando la Primera República, Autor(es) Diputados del Congreso General de Venezuela Ratificación 21 de diciembre de 1811 Signatario(s) 38 Diputados Derogación 21 de julio de 1812 Reemplazado por Constitución de Venezuela de 1819 Ubicación Palacio Federal de Caracas

La Constitución de Venezuela de 1811 (de nombre oficial: Constitución Federal para los Estados de Venezuela ) fue la primera Constitución de Venezuela y de iberoamérica, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, siendo sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 21 de diciembre de 1811,

Fue derrocada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de siete meses exactos. Esta constitución de corte Federalista es aprobada por los representantes de las Provincias de Margarita, Mérida, Cumaná, Barinas, Barcelona, Trujillo y Caracas, quienes declararon su independencia del Imperio español durante el Congreso constituyente y acordaron la implementación del nombre “Estados de Venezuela” como oficial.

En ella se reconocía a la fe de la Iglesia católica la religión oficial del Estado venezolano. La elección era de tipo indirecta o de segundo grado: Solo los hombres que tuviesen propiedades podían elegir a un representante por cada 20.000 habitantes quienes a su vez elegirían los representantes de la Cámara de Diputados y Senadores además de los tres encargados del Poder Ejecutivo (triunvirato).