Que Es La Constitucion De 1833?

Que Es La Constitucion De 1833
Valores y principios de la Constitución de 1833 – Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile La Constitución de 1833 fue promulgada por el presidente el 25 de agosto de 1833. Según Alberto Edwards la nueva Carta se fundamentó en “las dos más poderosas tradiciones de organización y gobierno, que nos han legado tres siglos de coloniaje: la centralización y la autoridad.

  1. Al constituirse era natural que tomara en cuenta ese pasado, los hábitos y nociones en él adquiridos y sus costumbres” (Edwards, A., “La Constitución de 1833”, Pacífico Magazine, Santiago: Volumen I, número 5, 1913, p.595-596).
  2. Ese espíritu constitucional, adquirido a través de las discusiones de la Convención y del “Voto Particular” de, quedó expuesto en su articulado.

En lo que concierne a la definición territorial y al ejercicio de la soberanía, se mantuvieron los elementos de la Constitución de 1828, extendiéndose Chile desde el al Cabo de Hornos, y de la cordillera de los Andes al océano Pacífico, además del archipiélago de, y las islas adyacentes.

  • Se decretó también que la republica chilena era representativa y popular, única e indivisible, terminando con las ideas federalistas que proyectaba la división del poder entre las provincias.
  • En el caso de la religión, esta Constitución definió a la católica como la oficial, excluyendo esta vez el culto de cualquier otra religión.

Aumentó la edad de veintiuno a veinticinco años en los solteros para el caso del ejercicio de los derechos ciudadanos y específicamente para el sufragio, y de veintiuno para los casados; en este caso era necesario tener algún oficio o trabajo establecido, pero al mismo tiempo tener una propiedad, su equivalente en dinero o algún tipo de inversión, es decir, se impuso una democracia censitaria basada en diferencias económicas sustanciales, elitizando la política nacional y creando una oligarquía.

Sobre el sistema de gobierno, se optó por una república presidencialista, donde el jefe de Estado dominaba a las fuerzas armadas, era colegislador junto con el y sometía a su arbitrio a las cámaras de diputados y senadores, podía vetar y aplicar el Estado de Sitio, entre otras facultades extraordinarias como la de suspender la Constitución.Lo anterior se utilizó con la finalidad de imponer el orden público, aunque este mecanismo también fue utilizado para llevar a cabo algunas políticas públicas o leyes bloqueadas por el Congreso.

Dotó además al presidente de un Consejo de Estado compuesto por sus ministros y hombres de confianza, una especie de camarilla o corte dedicada a asesorarlo en diversas materias. Además, los presidentes durarían cinco años con derecho a reelección inmediata, lo que dio origen a los “decenios conservadores” entre 1831 y 1861.

Los expresidentes podían optar a una tercera reelección, pero dejando pasar cinco años más desde su último ejercicio del cargo. En el ámbito social, uno de los elementos más importantes fue el lugar predominante del Estado en relación a la ampliación de la enseñanza pública, creando incluso una superintendencia educacional que introdujo el principio de “”.

Constitución de 1833: El origen de la República en #ReportajesT13

Para fortalecer el y el compromiso de la población con el proyecto político conservador, se implementó el servicio militar obligatorio. A todas luces la nueva Constitución reformó el orden político anterior y profundizó elementos fundamentales para la centralización y ejercicio del poder.

Como señala el historiador Gabriel Cid, el proceso constituyente y la propia carta constitucional fueron la forma elegida por la elite conservadora para lograr terminar con el proceso revolucionario abierto en 1810 y en que había ensayado varias iniciativas de estructuración de la república, permitiendo además una estabilidad que los favoreciese política, social y económicamente (Cid, G., “Terminar la revolución: el debate político-constitucional en Chile, 1829-1833”, Revista de Estudios Políticos, Santiago, número 176, pp.17-45).

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: Valores y principios de la Constitución de 1833 – Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile

¿Quién hizo la constitución de 1833?

Jurada y promulgada el 25 de mayo de 1833, bajo el gobierno de José Joaquín Prieto. Los autores principales fueron los abogados Manuel José Gandarillas, liberal, y Mariano Egaña, conservador. Reformada en varias oportunidades, a partir de 1865, rigió hasta el golpe de Estado de 11 de septiembre de 1924.

Esta Constitución es considerada como la de mayor duración en la historia política de Chile, rigiendo casi ininterrumpidamente por noventa y un años. El contexto histórico en el cual se dicta esta Carta, está marcado por el triunfo del bando conservador sobre el liberal, que se definió en la Batalla de Lircay, el 17 de abril de 1830.

Esto trajo como consecuencia el establecimiento, por parte de los conservadores, de una hegemonía política que se extendió por treinta años en el país (1831-1861), que se sostuvo en las ideas políticas del ministro Diego Portales. Los orígenes del texto constitucional se inscriben en la llamada Gran Convención, instancia que se había convocado originalmente para reformar la Constitución de 1828.

Instalada el 20 de octubre de 1831, la Gran Convención estuvo compuesta de 36 miembros, 30 de los cuales eran parlamentarios, la mayoría diputados. Dicha Convención encargó la elaboración del proyecto de Constitución a una comisión de 7 miembros, donde sobresalieron los abogados Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas.

Entre fines de octubre de 1831 y abril de 1832, esta comisión redactó un primer proyecto, el cual fue revisado por la Gran Convención, junto a un voto particular redactado por Mariano Egaña (25 de octubre de 1832-17 de marzo de 1833), quien fue a la postre uno de los principales gestores del texto constitucional final.

Finalmente, el 15 de mayo de 1833, el texto aprobado por la Gran Convención fue promulgado y jurado por el presidente José Joaquín Prieto. La Carta Fundamental se compone de 168 artículos y 7 disposiciones transitorias, y entre sus principales disposiciones se encuentra la noción de Estado unitario y la división de poderes del Estado, estableciéndose una Cámara de senadores y una de diputados.

Además, el texto constitucional otorgaba mayores atribuciones al Poder Ejecutivo sobre el legislativo (su mandato duraba cinco años, con reelección) y le otorgaba a la religión católica el carácter de oficial. En cuanto a la participación ciudadana, se dejaban claramente establecidos los requisitos para acceder a la ciudadanía, los cuales excluían a una gran parte de la población.

En el artículo N°8 se señalaba que “son ciudadanos activos con derecho de sufrajio los chilenos que habiendo cumplido veintinco años, si son solteros, y veintiuno, si son casados, y sabiendo leer y escribir tengan alguno de los siguientes requisitos: 1.Una propiedad inmueble, ó un capital invertido en alguna especie de jiro, ó industria.

El valor de la propiedad inmueble, ó del capital, se fijará para cada provincia de diez en diez años por una lei especial.2. El ejercicio de una industria ó arte, ó el goce de un empleo, renta ó usufructo, cuyos emolumentos ó productos guarden proporción con la propiedad inmueble, ó capital de que se habla en el número anterior”.

¿Qué características tiene la Constitución de 1833?

Constitución de 1833 – Icarito Segundo Ciclo Durante el gobierno de José Joaquín Prieto se creó la constitución de 1833, la que duró aproximadamente 100 años. Que Es La Constitucion De 1833 Fue obra de una comisión constituyente, en la que destacaron y, Estuvo vigente durante poco menos de un siglo, permitiendo instaurar el orden y la estabilidad en el país. Se caracterizó por establecer un gobierno fuerte e impersonal con predominio de la figura presidencial, quien tenía la facultad de nombrar y destituir a los ministros de Estado.

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– Limitó el territorio y reconoce el principio de soberanía nacional.– Calificó al gobierno como popular representativo, y a la República como única e indivisible.– Mantuvo a la religión católica, apostólica y romana como oficial, y también la división del Congreso en dos cámaras: de diputados y de senadores.

– El presidente podía ser elegido en votación indirecta por cinco años y ser reelecto para el período siguiente. Su función era administrar el Estado y era el jefe supremo de la Nación. -Las normas relativas a la administración de la justicia eran breves. Su aplicación se confía al legislador. : Constitución de 1833 – Icarito

¿Cuáles son las reformas de 1833?

Las reformas a la iglesia prohibían al clero regular y secular, tratar asuntos políticos (6 y 8 de junio de 1833); se suprimió la coacción civil para el pago del diezmo y para el cumplimiento del voto monástico (27 de octubre y 6 de noviembre respectivamente); supresión de sacristías mayores (17 de diciembre de 1833);

¿Que se inventó en 1833?

6 de febrero: en Estados Unidos, el inventor Samuel Morse presenta al público el telégrafo eléctrico.

¿Quién fue el presidente de México en 1833?

Manuel González ( 1833 -1893) | Presidencia de la República EPN | Gobierno | gob.mx.

¿Qué establece la Constitución de 1933?

— Están prohibidos los monopolios y acaparamientos industriales y comerciales. La ley fijará las penas que se impongan a los contraventores. Sólo la ley puede establecer monopolios y estancos del Estado en exclusivo interés nacional.

¿Cuándo se creó la Constitución de 1833?

Durante los años posteriores a la Independencia, caracterizados por conflictos e inestabilidad, se ensayaron seis proyectos constitucionales que intentaron terminar con la crisis y, además, pretendieron crear las bases de un nuevo sistema social, político y económico que rompiera con la herencia colonial.

  1. Los nuevos ordenamientos jurídicos ensayados en las constituciones políticas buscaron zanjar ideas como la democracia, la nación, el Estado y la religión.
  2. A partir de esas discusiones, y principalmente durante la década de 1820, se agudizaron las diferencias políticas al interior de las elites, lo que dividió al espectro político del país entre liberales y conservadores.El fracaso de las leyes federales de 1826 y la guerra civil de 1829 y 1830 dio como vencedores al grupo conservador y acabó con la vigencia de la Constitución Liberal de 1828,

A partir de las discusiones en torno a la Constitución, el espectro político se dividió. Por un lado se encontraban quienes pensaban en introducir reformas a la carta pero manteniendo los principios liberales de 1828, posición que lideró Manuel José Gandarillas,

  • Por otro lado se planteó reformular los postulados y dar origen a un nuevo texto, idea defendida por Mariano Egaña,
  • Ambas posturas tuvieron sus representantes en la Gran Convención Constituyente, convocada por José Joaquín Prieto para discutir los asuntos constitucionales.
  • Tras un largo debate ideológico al interior de la Gran Convención y, no obstante las aprehensiones, el texto redactado por Egaña, que fue en parte modificado por una Comisión Revisora y Redactora, se transformó en el cuerpo fundamental de la nueva Constitución y en el soporte ideológico de la elite conservadora liderada por Diego Portales,

La nueva Constitución fue promulgada y publicada el 25 de mayo de 1833, reemplazando al texto de 1828. Durante casi un siglo de vigencia, diversas reformas liberalizaron la Constitución y fueron adecuándose a los intereses de los nuevos gobiernos, siempre sobre la base de un sistema orgánico estable y sólido que le dio permanencia al ordenamiento político, aunque disminuyendo la primacía del Poder Ejecutivo y avanzando hacia un parlamentarismo que llegó a su fin en 1925 durante el gobierno de Arturo Alessandri Palma,

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Juan Francisco Larraín Juan Francisco Meneses, 1785-1860 Joaquín Tocornal, 1788-1865 Vicente Izquierdo, m.1859 José Miguel Irarrázaval, 1801-1848 Manuel Rengifo, 1793-1845 Juan de Dios Correa, 1801-1877 Manuel Vicuña Larraín, 1778-1843 Fernando A. de Elizalde, m.1842 Miguel del Fierro Mariano Egaña, hacia 1823 Raimundo del Río, 1781-1866 Ambrosio Aldunate José Joaquín Prieto Vial, 1786-1854 Juan Manuel Carrasco, 1802-1874 José Joaquín de Mora, 1783-1864 Francisco Javier Errázuriz Aldunate Enrique Campino, 1794-1874 Manuel Camilo Vial Formas, 1804-1882 Diego Antonio Barros, 1789-1853 Manuel José Gandarillas, 1789-1842 Ramón Rengifo, 1795-1861 Mariano Egaña, 1793-1846 Agustín Vial Santelices, 1772-1838 Gaspar Marín, 1772-1839

¿Qué reformas se hicieron en la Constitución en 1833?

Reformas a la Constitución de 1833 – Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile Al finalizar la década de 1860 las agrupadas en los exigían un cambio al sistema político autoritario vigente desde 1833, destacando entre las demandas una completa reforma de la carta fundamental para garantizar las libertades públicas.

  • La elección de un nuevo Congreso Nacional “constituyente” para el período 1870-1873 despertó esperanzas de reformas políticas, pero no cumplió con las expectativas al lograr sólo la eliminación de la reelección presidencial.
  • Sin embargo, el del siguiente período (1873-1876), tuvo mucho más éxito al contar con el apoyo de los conservadores que pasaron a formar parte de la oposición y apoyó todas las gestiones para reducir el poder del presidente.

Es así como:

  • – Se estableció el derecho de reunión, asociación, imprenta y enseñanza, que no estuvieron contemplados en la,
  • – Se limitó a un año de vigencia las facultades extraordinarias del Presidente.
  • – Se estableció la incompatibilidad entre ciertos cargos públicos y las funciones legislativas.
  • – Se estableció la incorporación de miembros del Congreso al Consejo del Estado y se privó de voto a los ministros de Estado que lo integraron, por lo que esta institución quedó en manos del poder Legislativo.

– Se cambió la organización y composición del Congreso. Se redujo el quórum, o número de congresistas que debían estar presentes para poder sesionar, a la tercera parte en el caso del Senado y a la cuarta en el caso de los diputados.

  1. – Se estableció la elección de los senadores por provincias, en proporción de uno por cada tres diputados y se acortó la duración de ese cargo a seis años.
  2. – Se simplificó el proceso de acusación de los ministros de Estado, facilitándose la fiscalización de los actos del poder Ejecutivo.
  3. – Se disminuyó a un año el tiempo de residencia necesario para obtener la ciudadanía chilena.

– A la Comisión Conservadora, que representó al Congreso mientras no sesionaba, se le sumaron siete diputados a los siete senadores que ya la integraban. Además, cuando las circunstancias lo exigieran, se le otorgó la facultad de solicitar al Presidente la convocatoria a una sesión extraordinaria del Congreso.

¿Qué establece la Constitución de 1933?

— Están prohibidos los monopolios y acaparamientos industriales y comerciales. La ley fijará las penas que se impongan a los contraventores. Sólo la ley puede establecer monopolios y estancos del Estado en exclusivo interés nacional.