Que Funcion Cumple La Constitucion En La Organizacion Politica De Un Pais?

Que Funcion Cumple La Constitucion En La Organizacion Politica De Un Pais
LA CONSTITUCIÓN –

  1. ¿Qué es una Constitución? El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (RAE) define la Constitución como “la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política”. Siguiendo esta conceptualización, es posible señalar que al hablar de Constitución se hace referencia a la norma jurídica –escrita o no– más importante de un Estado. En efecto, la Constitución es la norma con más alto rango jerárquico dentro de un ordenamiento jurídico, cuyo objetivo es regular el poder estatal y, también, las libertades fundamentales que se reconocen a las personas que forman parte de ese Estado. Así, la Constitución busca establecer la regulación política y administrativa, instaurando la separación de los poderes del Estado, reconociendo la soberanía nacional, disponiendo las instituciones de la organización política, así como la relación entre ellas, al mismo tiempo que persigue reconocer los derechos fundamentales (también llamadas libertades públicas) de las personas. En términos simples, una Constitución es la norma fundamental de carácter estructural que permite organizar a un Estado, siendo la guía que orienta su gobernación. Esta norma es también conocida bajo las expresiones de “Carta Magna”, “Carta Fundamental”, “Ley Suprema”, “Ley Superior” o “Código Político”.
  2. Clases de constituciones En la práctica, las constituciones adoptan diversas formas. Para caracterizarlas, los autores suelen realizar clasificaciones atendiendo a un elemento distintivo que las identifique, sin embargo, no siempre existen coincidencias entre sus tipologías. Para superar esta dificultad y a efectos pedagógicos, a continuación, se presentan las cuatro categorías de constituciones más reseñadas. En estas clasificaciones, los elementos distintivos las ordenan:
    1. Según su materialidad De acuerdo a la forma como una Constitución se expresa, podemos distinguir constituciones escritas y constituciones consuetudinarias o no codificadas. Las constituciones escritas, son aquellas cuyo contenido queda reflejado en un único texto escrito, tal como sucede, por ejemplo, con la Constitución Española de 1978. Las constituciones consuetudinarias, o no codificadas, también llamadas “costumbristas” son aquellas que no constan en un único texto constitucional, sino que emanan de diversos documentos escritos tales como leyes, sentencias, tratados, convenciones constitucionales parlamentarias y/o prerrogativas reales. Ejemplo de ellas, es la Constitución del Reino Unido, que está integrada por un conjunto de normas y principios de épocas diversas por las cuales este Estado se gobierna.
    2. Según su extensión Podemos encontrar constituciones breves y constituciones desarrolladas. Son constituciones breves, aquellas que cuentan con una cantidad reducida de artículos por los cuales se regulan los aspectos esenciales de la organización política y los derechos fundamentales en un Estado. Según Verdugo 1, éste ha sido el de casi todas las constituciones chilenas, salvo la Constitución “moralista” de 1823. También pertenece a esta categoría la Constitución de Estados Unidos. En cambio, las constituciones desarrolladas tienen una extensión abundante pues tienden a reproducir normas y principios esenciales del ordenamiento jurídico del Estado que bien podrían quedar entregadas a leyes comunes u otras normas de menor jerarquía pero que se opta por incluir en el texto fundamental como un modo de regular con mayor precisión el ejercicio del poder. Un caso que grafica esta definición es la Constitución de la India que tiene más de 400 artículos.
    3. Según su capacidad de reforma Si atendemos a la capacidad de reforma de una constitución, esto es, a la factibilidad que ella pueda ser objeto de modificaciones o adiciones y a la facilidad con que puede procederse a ello, encontramos constituciones pétreas, rígidas, semi-rígidas, y flexibles. Las constituciones pétreas son aquellas que no pueden ser objeto de modificación en todo o parte. Un caso que evidencia esta característica se contempla en el artículo 139 de la Constitución italiana, que establece que “La forma republicana no puede ser objeto de revisión constitucional.”. Las constituciones rígidas y semi rígidas son aquellas en las que se contempla un procedimiento especial y complejo para modificar el texto constitucional, es decir, está previsto un procedimiento para la creación, reforma o adición distinto y mayor de aquel previsto para la elaboración de las leyes ordinarias. Generalmente, la mayor dificultad del procedimiento está dada por la exigencia de altos quórums 2, Un ejemplo de constitución rígida es la Constitución Argentina que exige un quorum de 2/3 de la totalidad de los miembros del Congreso para modificar la Norma Fundamental. En cuanto a las constituciones semi-rígidas, según Cagnoni 3, un ejemplo podría ser la Constitución de Uruguay. Se denominan constituciones flexibles, a aquellas que no contemplan un procedimiento especial para su reforma y, por tanto, se modifican conforme el procedimiento establecido para una ley ordinaria o común. Este tipo de constituciones son propias de los países que integran el Commonwealth, tales como Inglaterra, Nueva Zelanda, entre otros 4,
    4. Según su origen Finalmente, atendiendo al origen de la Constitución, esto es, de quien proviene o emana, es posible distinguir constituciones otorgadas, constituciones impuestas, constituciones pactadas y constituciones aprobadas por voluntad de la soberanía popular. Las constituciones otorgadas provienen del propio soberano, quien la dicta, pues es él el depositario de la soberanía. Estas constituciones son propias de los Estados monárquicos. Un ejemplo de este tipo de Constitución es el Estatuto Real de España de 1834. Las constituciones impuestas son aquellas en que es el Parlamento quien impone la Constitución al monarca, debiendo éste aceptarla. El texto constitucional emana del Parlamento pues éste es el representante del pueblo. Casos de este tipo de constituciones serían la Constitución española de 1812 y la de 1869, o la francesa de 1791. Las constituciones pactadas, en virtud de la teoría del pacto social, son aquellas acordadas o consensuadas por dos o más agentes, esto es, entre quien detenta el poder y el pueblo o un estamento del mismo producto de una transacción entre ellos. Corresponden a esta categoría la Constitución Francesa de 1830 y la Constitución Española de 1876. Las constituciones aprobadas por voluntad de la soberanía popular, son aquellas formuladas por una asamblea (que puede adoptar diversas conformaciones) y luego reafirmadas por votación en un proceso electoral. En otras palabras, la soberanía popular encomienda a la asamblea la redacción del texto constitucional, pero es ella quien lo aprueba en definitiva. Ejemplo de este tipo de constitución es la Constitución de Islandia de 2011. Otros autores, atendiendo a este mismo elemento (origen de la constitución) distinguen únicamente entre constituciones otorgadas, constituciones pactadas y constituciones democráticas, para denotar respecto de estas últimas que, con independencia del procedimiento previsto para su formulación, ellas han sido producto del ejercicio de la soberanía popular.
  3. ¿Para qué sirven las constituciones? Es posible afirmar que la Constitución es la columna vertebral de un Estado, pues sobre ella descansa toda la organización jurídica y política de éste. Su importancia y utilidad deriva del hecho que ella da cuenta de un conjunto de principios, valores y reglas sobre el modo de ser y de querer ser de una sociedad. Por esta razón se habla de supremacía constitucional para expresar que ninguna norma ni ninguna autoridad u organismo del Estado, persona o grupo de personas está o puede estar por sobre los preceptos y principios de la Constitución. A la vez que toda norma de menor jerarquía y que todo organismo debe adecuar su actuación a los términos de la misma. La Constitución constituye la base sobre la cual se asientan las demás leyes, de manera tal que el contenido de todas ellas debe ajustarse o guardar coherencia con los principios constitucionales establecidos. Según se determine en cada Estado, los tratados, convenciones o pactos internacionales que sean suscritos y ratificados por éste se integrarán al ordenamiento jurídico nacional ya sea reconociéndoseles el mismo rango jerárquico que el texto constitucional o bien uno inferior, es decir, el carácter de ley común.
  4. El Poder Constituyente Se entiende por Poder Constituyente a aquel que tiene la atribución de establecer la norma fundamental de un ordenamiento jurídico. El titular de este poder es el pueblo, pues es en él donde se radica la soberanía popular. En efecto, Poder Constituyente y Soberanía Popular son dos nociones coetáneas. Se habla de Poder Constituyente Originario al momento que un Estado se otorga su primera Constitución, pero también, cuando se dicta una nueva Constitución a través de un procedimiento no previsto por la Constitución anterior. Se habla de Poder Constituyente Derivado cuando la propia Constitución prevé un mecanismo para su reforma o modificación parcial o íntegra.
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¿Qué es la Constitución Política de la República de Panamá?

Derecho a un medio ambiente sano y libre de contaminación (artículo 118) – Es deber fundamental del Estado garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en donde el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de la vida humana.

¿Cómo se llama a la parte de la Constitución que contiene la estructura y organización del Estado mexicano?

Parte orgánica – La parte orgánica de la Constitución de 1917 enuncia la organización de los poderes públicos con sus respectivas competencias, así como la idea de la soberanía nacional y la forma de gobierno. Además, contiene un capítulo que indica las partes integrantes de la federación.

¿Qué es la Constitución Politica resumen?

«Carta magna» redirige aquí. Para el documento de 1215, véase Carta Magna, Una constitución (del latín constitutio, -ōnis ) es un texto codificado de carácter jurídico – político, surgido de un poder constituyente, que tiene el propósito de constituir una separación de poderes, definiendo y creando los poderes constituidos ( legislativo, ejecutivo y judicial ), ​ que anteriormente estaban unidos o entremezclados, y sus respectivos controles y equilibrios ( checks and balances ), ​ además de ser la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las normas jurídicas, fundamentando —según el normativismo— todo el ordenamiento jurídico, incluye el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos, también delimitando los poderes e instituciones de la organización política.

En la actualidad también se tiene como costumbre añadir normas ajenas a la regulación del poder político, dependiendo de la ideología, tales como los fundamentos del sistema económico, La constitución no constituye al Estado o la nación, debido a que ambos ya son hechos anteriores constituidos. En ciencia política, a los Estados que tienen separación de poderes se les añade a su forma de Estado el término constitucional (como es el caso de la monarquía constitucional o la república constitucional ).

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En el uso cotidiano del término, se llama constitución a todas las leyes supremas de los Estados aunque no cuenten con separación de poderes, También se usa como sinónimo carta magna, en referencia a un tratado de paz de 1215 que ha influido profusamente en el common law anglosajón,

¿Qué derecho nos permite la Constitución de Panamá?

Se reconoce el derecho a la propiedad privada (artículos 30, 44-49), así como el derecho de formular peticiones (artículos 41 y 50), el derecho al proceso regular (artículos 19, 21, 22, 25 y 31-33), la inviolabilidad del domicilio (artículo 26) y de las comunicaciones privadas (artículo 29) y el derecho de residencia y

¿Qué importancia tiene estudiar la Constitución de la República de Panamá?

La Constitución declara los principios básicos de la organización del Estado, señala los derechos y garantías que se consideran esenciales para toda personas e indica las normativas mínimas de la organización del Gobierno y demás instituciones públicas.

¿Qué es la Constitución y su organización?

¿Qué es una Constitución? En este segmento se busca responder inquietudes elementales respecto de lo que se conoce como “La Carta Magna”, como para qué sirve y su impacto en la vida diaria. Una constitución es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Que Funcion Cumple La Constitucion En La Organizacion Politica De Un Pais Objetivos de una constitución Como su nombre lo sugiere, sirve para constituir un Estado, para organizarlo y ponerle límites al poder. Igualmente sirve para garantizar la dignidad de las personas. Una constitución persigue varios objetivos, que podemos agrupar de la siguiente manera: 1.

  1. Convoca, conjunta y ensambla a la sociedad de un país.2.
  2. Incluye a toda persona, grupo, sector, segmento, región, identidad o cultura.3.
  3. Asegura la vida comunitaria, el orden, así como las libertades individuales y colectivas.4.
  4. Reconoce los derechos con los que nacen las personas y garantiza su cumplimiento.5.
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Organiza el ejercicio de los poderes del Estado para: a) crear leyes, o sea el Poder Legislativo b) aplicar esas leyes, función del Poder Ejecutivo c) resolver los conflictos en la aplicación de esas leyes, de lo que se encarga el Poder Judicial 6. Conjunta y ordena la interacción de los tres órdenes de gobierno, que son el federal, el estatal y el municipal.7. Que Funcion Cumple La Constitucion En La Organizacion Politica De Un Pais Definición de los principios Durante los siglos XIX y XX nuestro país fue acumulando una larga experiencia, que le permitió redefinir los principios que constituyen el Estado. Los textos constitucionales posteriores han ido incorporando las normas y garantías que hoy conforman la Constitución vigente, que es la de 1917.

En ella se concita una parte dogmática –que reúne al conjunto de derechos y obligaciones que regulan los derechos de las personas–, como una parte orgánica, que atañe a la organización de los poderes.Existen diversos derechos contemplados en la Constitución Mexicana: ■ Derechos civiles ■ Derechos políticos ■ Derechos económicos, sociales y culturales ■ Derechos de los pueblos o naciones y de la solidaridad

: ¿Qué es una Constitución?

¿Cómo se organiza el gobierno según la Constitución?

¿Qué forma de gobierno adopta nuestra Constitución? – Representativa, republicana y federal.

Representativa: significa que el pueblo gobierna por medio de representantes que elige por el voto. Republicana: se basa en la división, control y equilibrio entre los 3 Poderes:

El Poder Legislativo: que hace las leyes.El Poder Ejecutivo: que ejecuta las leyes.El Poder Judicial: que interpreta las leyes y las hace cumplir a través de sus sentencias.

Federal: permite que convivan dos clases de gobiernos, los gobiernos provinciales (ya que cada provincia se gobierna a sí misma) y el gobierno federal, que abarca todo el territorio de la Nación. Este sistema permite el control y cooperación entre ambos.

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¿Cuál es la función de los tres poderes del Estado?

Estos tres poderes de la Unión existen tanto en el ámbito federal como en el local y tienen como objetivo no sólo separar las funciones de gobierno, sino equilibrar el poder y así evitar que se ponga en riesgo la democracia.

¿Cuál es la función de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela?

Define la organización jurídico-política que adopta la Nación como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.