Agustín Squella

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Que Modificar En La Constitucion?

Que Modificar En La Constitucion
Modificar la Constitución Española. La Constitución es la norma suprema del Estado, que garantiza los derechos y libertades de los ciudadanos y que divide y organiza los poderes. la Constitución Española de 1978, es para adaptarla a la nueva realidad social y política, con nuevas ideas y valores, porque la redacción de la Constitución se enmarca en un momento histórico concreto.

Para que determinados preceptos no se interpreten y se apliquen equivocadamente. No se puede entender que la legislación de hoy se tenga que adaptar a una Constitución de hace 43 años, porque no se puede legislar, gobernar o juzgar en contradicción con la Constitución. La Constitución Española de 1978 es rígida y especialmente protegida, cuya reforma es muy difícil, pero en principio a nivel teórico, no hay cláusulas de intangibilidad, es decir, declaraciones de que ciertos preceptos sean irreformables.

Modificar una Constitución es una forma que consigan sobrevivir al paso del tiempo. Por ejemplo, si la democracia norteamericana aún se rige por la Constitución de 1787, es porque las sucesivas generaciones han añadido 27 enmiendas ratificadas. El paso del tiempo puede convertir una Constitución en un texto anacrónico e insatisfactorio.

  1. Desde su aprobación en 1978, la Constitución española solo ha sufrido dos reformas.
  2. En 1992 se acordó incorporar a los extranjeros en el censo electoral de las elecciones municipales adaptando así la norma española a la Unión Europea.
  3. Y, en fue reformada para convertir en un mandato constitucional el control del déficit.

A lo largo de estos 45 años, los proyectos de reforma de la Constitución no se hecho ante la falta de consenso entre los partidos políticos para impulsarlos. Por ejemplo, que desaparezca la discriminación entre el hombre y la mujer en el acceso a la Jefatura del Estado o la supresión de términos discriminatorios con las personas con discapacidad (artículo 47).

  1. El artículo 57.1 de la Constitución establece la prevalencia del varón sobre la mujer en los derechos de sucesión a la Corona en una clara discriminación por razones de sexo.
  2. Sin embargo, en otro artículo 14, se deja claro que « los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social «.

Es decir, que si los actuales monarcas hubieran tenido un hijo varón, le quitaría el derecho a Leonor a acceder al trono. Y, me refiero a una reforma que se supone que están de acuerdo PSOE y PP. Sin olvidar que también sería conveniente modificar aspectos como la protección a la Corona, a modo de «cláusula de intangibilidad» encubierta para frenar las preferencias republicanas expresadas por los partidos políticos de izquierdas o el cambio en el modelo territorial con una profundización de corte federal o incluso el derecho a la autodeterminación.

Sin olvidar temas tan actuales como el cambio climático o la consolidación de los derechos sociales. El PP no se plantea una reforma de la Constitución y se muestra reticente a abrir cambios en la Constitución, excepto en a aprobar el cambio relativo a la sucesión. La reforma de la Constitución requiere una mayoría de tres quintos de los escaños del Congreso y el Senado aunque la propia Carta Magna prevé un sistema de dos tercios en el Congreso tras el acuerdo en el Senado.

Pero, de momento tendremos que esperar : Modificar la Constitución Española.

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¿Qué es la reforma constitucional en Venezuela?

:: Consejo Nacional Electoral ::

  • TÍTULO IX
  • DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
  • Capítulo I
  • De las Enmiendas

Artículo 340. La enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental. Artículo 341. Las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente: 1. La iniciativa podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos inscritos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.2.

  1. Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá, según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.3.
  2. El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.4.

Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley relativa al referendo aprobatorio.5. Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de esta Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.

  1. Capítulo II
  2. De la Reforma Constitucional

Artículo 342. La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional. La iniciativa de la Reforma de esta Constitución podrá tomarla la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes, el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; o un número no menor del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral que lo soliciten.

  • Artículo 343.
  • La iniciativa de Reforma Constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en la forma siguiente: 1.
  • El Proyecto de Reforma Constitucional tendrá una primera discusión en el período de sesiones correspondiente a la presentación del mismo.2.
  • Una segunda discusión por Título o Capítulo, según fuera el caso.3.

Una tercera y última discusión artículo por artículo.4. La Asamblea Nacional aprobará el proyecto de reforma constitucional en un plazo no mayor de dos años, contados a partir de la fecha en la cual conoció y aprobó la solicitud de reforma.5. El proyecto de reforma se considerará aprobado con el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea Nacional.

Artículo 344. El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción. El referendo se pronunciará en conjunto sobre la Reforma, pero podrá votarse separadamente hasta una tercera parte de ella, si así lo aprobara un número no menor de una tercera parte de la Asamblea Nacional o si en la iniciativa de reforma así lo hubiere solicitado el Presidente o Presidenta de la República o un número no menor del cinco por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.

Artículo 345. Se declarará aprobada la Reforma Constitucional si el número de votos afirmativos es superior al número de votos negativos. La iniciativa de Reforma Constitucional que no sea aprobada, no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional.

  1. Artículo 346.
  2. El Presidente o Presidenta de la República estará obligado u obligada a promulgar las Enmiendas o Reformas dentro de los diez días siguientes a su aprobación.
  3. Si no lo hiciere, se aplicará lo previsto en esta Constitución.
  4. Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente Artículo 347.
  5. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario.
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En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el registro civil y electoral.

Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.

Artículo 350. El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

¿Cuándo puede modificar la Constitución?

Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.

¿Cuáles son los nuevos derechos?

De derechos nuevos se hace en referencia a derechos fundamentales, de ineludible presencia en cualquier ordenamiento jurídico que se precie, y no de los que puedan ser fruto coyuntural de alguna peripecia legal.

¿Cuál es el objetivo de la reforma?

Se refiere al procedimiento que se realiza a fin de modificar, mejorar, enmendar, actualizar o innovar algo. Se puede considerar que una Reforma no se presenta como un cambio radical y acelerado sino como una transformacin gradual de un sistema, estructura, institucin, etc.

De esta forma suele distinguirse Reforma de Revolucin ya que este ltimo alude a un cambio radical. Las reformas se plantean como solucin para corregir algo que no funciona conforme a una nueva realidad. De esta manera pueden ser de diferentes clases: polticas, econmicas, sociales, constitucionales, educativas, etc.

¿Cómo se puede reformar la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA? | Las Claves | LAB

En el momento que se realiza una Reforma suelen conservarse aspectos del esquema original de lo que se pretende cambiar siendo algunos otros modificados. Tambin es posible que puedan llevarse a cabo para regresar alguna situacin, sistema, institucin o norma a su estado original.

  • En materia legislativa una reforma es una racionalizacin de procedimientos legales con el propsito de mejorar y actualizar el marco normativo que rige al Estado en cuanto sus leyes constitucionales y secundarias.
  • Una Reforma procura mejorar el sistema que se tiene, generalmente en forma progresiva y por etapas, y nunca pretende derrocarlo.
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En Mxico, la consecucin de reformas legislativas se lleva a cabo a travs del proceso legislativo previsto en el artculo 72 de su Constitucin Poltica.

¿Quién cambio la Constitución en Venezuela?

Este artículo o sección necesita referencias que aparezcan en una publicación acreditada, Este aviso fue puesto el 29 de noviembre de 2015.

La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación : poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal ), y entre todos aquellos y los ciudadanos ; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo.

  • Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia,
  • Desde que devino una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue promulgada el 20 de diciembre de 1999.
  • Cada una de ellas ha tenido su razón política de ser y un impacto social determinado.

He aquí un breve resumen de cada una de ellas y de su historia. La primera Constitución de Venezuela, y también de Hispanoamérica, fue aprobada en 1811. Sería la primera de una larga lista durante el siglo XIX y la mitad del siglo XX, causadas mayormente por guerras, triunfos momentáneos de revoluciones y gobiernos dictatoriales. A continuación está una lista de estas constituciones junto a algunos documentos que las modificaron, aprobaron o derogaron, y que sirvieron en algunos casos como constituciones de factores.

¿Qué artículo señala que no puede ser totalmente modificada la Constitución?

En el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece claramente que la soberanía nacional reside en el pueblo y que éste tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno, en el citado ordenamiento ‘ ad literam’ señala : Artículo 39.

¿Cuál es el objetivo de la Constitución Nacional?

¿Qué es la Constitución Nacional? –

Es la ley fundamental que rige nuestro país.Garantiza los derechos y libertades de las personas.Regula la organización y el ejercicio de los poderes del Estado.Es la ley suprema porque las demás leyes deben respetar sus lineamientos.