Quien Es El Autor De La Constitucion Politica De Colombia?
Adolfo Romero
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La Constitución política de Colombia de 1886 fue la carta política nacional que rigió el ordenamiento jurídico de Colombia desde finales del Siglo XIX hasta finales del Siglo XX cuando fue derogada por la Constitución de 1991, Fue promovida por Rafael Nuñez, que era el presidente de la República y su principal redactor fue el político y escritor Miguel Antonio Caro durante el período histórico conocido como la Regeneración,
- La Constitución, orientada principalmente por los principios ideológicos conservadores, fue proclamada el 5 de agosto de 1886 y depuso la Constitución de 1863, que tenía un carácter liberal.
- Creó un Estado unitario, administrador en el aspecto social y económico, sumamente confesional al considerar la fe católica como religión oficial, estableció el período presidencial en seis años y reemplazó el sistema federal al haber establecido a los departamentos como forma de administración territorial del país.
Tuvo dos reformas importantes: la de 1910, después del gobierno del presidente Rafael Reyes y la reforma de 1936, liderada por Alfonso López Pumarejo, Otras reformas significativas se dieron en 1905, 1954, 1957, 1958, 1968 y 1986. Ha sido la constitución más longeva de la historia colombiana, teniendo vigencia durante 104 años.
¿Quién es el autor del documento de la Constitución de Colombia?
Convocatoria a la Asamblea Constituyente de 1991 – El movimiento promocionó la Séptima papeleta para las elecciones legislativas de 1990, la cual consistía en introducir una papeleta adicional durante los comicios para que los colombianos votaran si estaban de acuerdo en convocar a una Asamblea Nacional Constituyente que promulgara una nueva Constitución Política.
Por lo anterior, el movimiento es comúnmente conocido como La Séptima Papeleta. El Consejo Electoral no aceptó la inclusión oficial del voto adicional durante la elección de Senado, Cámara de Representantes, Asambleas Departamentales, Consejo Municipal y Alcaldes, (los Gobernadores no se elegían por votación popular hasta la Constitución de 1991); pero la papeleta se contó extraoficialmente y la Corte Suprema de Justicia reconoció la mayoritaria voluntad popular validando el voto.
En diciembre de 1990 se convocaron a comicios para elegir los representantes a la Asamblea Nacional Constituyente, la cual promulgó la nueva constitución el 4 de julio de 1991. Según una nota periodística publicada por Fabio Fandiño y Roberto Vargas, cuando se promulgó la nueva Constitución sus artículos aún no habían sido terminados y el secretario general de la Constituyente, Jacobo Pérez, reunido con todo su equipo, aún se encontraba comprobando la veracidad de cada artículo para irlo incorporando al texto de la Constitución.
¿Quién creó la Constitución de 1863 en Colombia?
La Constitución de Rionegro | Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano Por: Salomón Kalmanovitz Se cumplieron 150 años de la Constitución de los Estados Unidos de Colombia, conmemorada por la solitaria voz del Externado de Colombia, que organizó una exposición de documentos y prensa de la época sobre la institución más democrática que forjó el país durante el siglo XIX.
La Constitución de 1863 estableció una confederación de nueve estados soberanos que disfrutaban de amplia autonomía fiscal y de sus sistemas legales, los que propiciaron el aumento en el recaudo de impuestos y en el gasto público que más beneficiaba a los ciudadanos de cada uno de ellos. El poder se rotaba frecuentemente y no se sabía cuál iba a ser el resultado de las elecciones, permitiendo que Rafael Núñez ganara la Presidencia en 1880.
Se abolió la pena de muerte, se establecieron los jurados de conciencia y se otorgaron plenas garantías a los ciudadanos. Se consolidó la separación de Iglesia y Estado, cuando ya se habían confiscado los bienes de manos muertas que poseía el clero, explotados por siervos de la gleba; estos bienes se subastaron, obteniéndose cuantiosos recursos que fortalecieron al gobierno central.
La educación se tornó laica, apoyándose en las ciencias modernas —la física, la química, la biología y la filosofía, para lo cual se trajeron profesores alemanes—, frente al horror que despertaban entre las almas aterrorizadas por el dogma católico; el propio clero denunciaba los pactos con el diablo europeo que sellaban los liberales.
El librecambio produjo excelentes resultados: las exportaciones pasaron de 3 millones de dólares anuales en 1850 a 20 millones en la década de 1870, diversificándose crecientemente: tabaco, añil, palo del Brasil, quina, cueros y el café que se cultivaba en Pamplona y salía por Cúcuta hacia el lago de Maracaibo.
La mayor parte de las exportaciones se comportó de manera volátil; algunas fueron desplazadas por la química moderna y otras se acabaron porque el país era feudal, su productividad baja y la calidad de sus productos deficiente. Todos estos avances en democracia, en economía y en educación fueron borrados con sangre por la Constitución de 1886, cuya implantación provocó tres guerras civiles.
Su redactor fue Miguel Antonio Caro, hombre tan pío como despótico. El gobierno central se tornó autoritario, basado en una presidencia imperial con período de seis años, elegida de manera indirecta. El Legislativo surgía también de convenciones cerradas de delegados, todos conservadores.
- Los estados soberanos fueron robados de su autonomía y recursos fiscales que fueron gastados arbitrariamente, desconociendo las necesidades de los municipios y de las regiones.
- Gobernadores y alcaldes eran nombrados a dedo por el poder central.
- La economía se resintió con las guerras, la inflación desaforada y la persecución contra los empresarios, generalmente liberales.
La educación fue impartida bajo la dirección de la Iglesia, que prohibió la enseñanza de la ciencia y desarrolló el aprendizaje basado en la memorización, la represión y la obediencia ciega. Así, el país retornó a la Edad Media. El Partido Liberal renegó de los ideales de Rionegro.
Carlos Lleras prologó los escritos económicos de Caro en 1940 y lo exaltó como adalid del bien común. Indalecio Liévano Aguirre revisó favorablemente la imagen de Rafael Núñez, quien propició la liquidación del ideario liberal. En tiempos recientes, los congresistas liberales eligieron y reeligieron al profanador del Estado laico.
Es que no hemos podido salir del Medioevo.
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: La Constitución de Rionegro | Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano
¿Cómo se creó la Constitución de 1991 en Colombia?
En los años ochenta, el país estaba amenazado por las fuerzas oscuras del narcotráfico que pretendían someter al Estado. En medio de este propósito y con el apoyo del paramilitarismo, se asesinó a cuatro candidatos presidenciales: Jaime Pardo Leal (1986); Luis Carlos Galán Sarmiento (1989); Bernardo Jaramillo Ossa (1990) y Carlos Pizarro Leongómez (1990). Este movimiento propuso entonces que los colombianos manifestaran en las urnas su decisión de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente que reformara la caduca carta política. Esta expresión popular se llamó de “la séptima papeleta”. Ante la copiosa votación en favor de la propuesta, el Gobierno dictó el Decreto 927 del 3 de marzo de 1990, en el que ordenó contabilizar los votos depositados sobre el tema en las elecciones de 1990.
En esa ocasión sufragaron en favor de convocar la constituyente 5.236.863 ciudadanos y por el no 230.080. En la presidencia del doctor César Gaviria, se profirió el Decreto 1926 de 1990, determinando que la elección para integrar la Asamblea se realizaría el 9 de diciembre de ese año y que los elegidos iniciarían las sesiones el 5 de febrero de 1991, hasta el 4 de julio de 1991.
El 4 de julio, esta asamblea heterogénea, presidida por el liberal Horacio Serpa Uribe, el conservador Álvaro Gómez Hurtado y el integrante del M-19 Antonio Navarro Wolf, proclamó la nueva Constitución. La Asamblea Nacional Constituyente estuvo integrada inicialmente por 70 delegatarios, así:
Partido liberal: 24 constituyentes Alianza Democrática (AD-M19): 19 constituyentes Movimiento de Salvación Nacional (MSN): 11 constituyentes Partido Social Conservador: 5 Conservadores independientes: 4 Indígenas, Unión Cristiana y Ejército Popular de Liberación (desmovilizado). Cada uno con 2 delegatarios. Movimiento estudiantil: 1 delegatorio
A este número debe adicionarse 2 constituyentes, con voz, pero sin voto, que representaron a los grupos guerrilleros desmovilizados (1 por el ELN y otro por el Grupo Armado Indígena, PRT).
¿Cuándo se escribió la Constitución política?
Constitución Política 1 de 1886 Asamblea Nacional Constituyente.
¿Cuándo se hizo la Constitución Política de Colombia?
PREAMBULO (1) En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad, y con el fin de afianzar la unidad nacional, una de cuyas bases es el reconocimiento hecho por los partidos políticos de que la Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación, y que como tal, los poderes públicos la protegerán y harán que sea respetada como esencial elemento del orden social y para asegurar los bienes de la justicia, la libertad y la paz, el pueblo colombiano, en plebiscito nacional, DECRETA: La Constitución Política de Colombia es la de 1886, con las reformas de carácter permanente, introducidas hasta el Acto Legislativo número 1 de 1947 inclusive, y con las siguientes modificaciones: (Plebiscito 10 de diciembre de 1957, Decreto legislativo número 247, de octubre 4 de 1957 y 251 de octubre 9).
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA PREAMBULO (2) En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad, y con el fin de afianzar la unidad nacional, una de cuyas bases es el reconocí- miento hecho por los partidos políticos de que la Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación, y que como tal, los poderes públicos la protegerán y harán que sea respetada como esencial elemento del orden social y para asegurar los bienes de la justicia, la libertad y la paz, el pueblo colombiano, en plebiscito nacional, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA TITULO I.
DE LA NACIÓN Y EL TERRITORIO.I, La nación. II. Soberanía. III. Límites. IV. División territorial general. y modo de variarla.V. Otras divisiones. ARTÍCULO 1o. La nación colombiana se reconstituye en forma de república unitaria. ARTÍCULO 2o. La soberanía reside esencial y exclusivamente en la nación, y de ella emanan los poderes públicos, que se ejercerán en los términos que esta Constitución establece.
- ARTÍCULO 3o.
- Son límites de Colombia con las naciones vecinas los siguientes: Con Venezuela, los definidos en el laudo arbitral pronunciado por el Gobierno Rey de España el 16 de marzo de 1891 y en el tratado del 5 de abril de 1941; con el Brasil, los definidos en los tratados de 24 de abril de 1907 y de 15 de noviembre de 1928; con el Perú, los definidos en el tratado de 24 de marzo de 1922; con el Ecuador, los definidos en el tratado de 15 de julio de 1916, y con Panamá, los definidos en el tratado de 20 de agosto de 1924.
Forman, igualmente, parte de Colombia, además de las islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen en los mares limítrofes, la Isla de Malpelo y el Archipiélago de San Andrés y Providencia. (Este último de conformidad con el tratado celebrado entre Colombia y Nicaragua el 24 de marzo de 1928).
También son parte de Colombia: el espacio aéreo, el mar territorial y la plataforma continental, de conformidad con tratados o convenios internacionales aprobados por el Congreso, o con la ley colombiana en ausencia de los mismos. Los límites de Colombia sólo podrán variarse en virtud de tratados o convenios aprobados por el Congreso.
Ley 24 de 1978 Ley 10 de 1978 Ley 8 de 1978 Ley 4 de 1977 Ley 32 de 1975 Ley 52 de 1973 ARTÍCULO 4o. El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenece únicamente a la nación. ARTICULO 5o. Son entidades territoriales de la República los Departamentos, las Intendencias, las Comisarías y los Municipios o Distritos Municipales, en que se dividen aquellos y éstas.
- Ley 19 de 1973 Ley 41 de 1971 Ley 14 de 1969 Ley 72 de 1968 La ley podrá decretar la formación de nuevos Departamentos, desmembrando o no las entidades existentes, siempre que se llenen estas condiciones: 1.
- Que haya sido solicitada por las tres cuartas partes de los Concejos de la comarca que ha de formar el nuevo Departamento; 2.
Que el nuevo Departamento tenga por lo menos quinientos mil habitantes y cincuenta millones de pesos de renta anual, sin computar en esta suma las transferencias que reciba de la Nación. A partir del año siguiente al de la vigencia de este Acto legislativo, las bases de población y renta se aumentarán anualmente en un cuatro y quince por ciento, respectivamente; 3.
- Que aquel o aquellos de que fuere segregado, quede cada uno con población y renta por lo menos iguales a las exigidas para el nuevo Departamento; 4.
- Concepto previo favorable del Gobierno Nacional sobre la conveniencia de crear el nuevo Departamento; 5.
- Declaración previa del Consejo de Estado de que el proyecto satisface las condiciones exigidas en este artículo.
La ley que cree un Departamento determinará la forma de liquidación y pago de la deuda pública que quede a cargo de las respectivas entidades. La ley podrá segregar territorio de un Departamento para agregarlo a otro u otros limítrofes, o para erigirlo en Intendencia o Comisaría, teniendo en cuenta la opinión favorable de los Concejos Municipales del respectivo territorio y el concepto previo de los Gobernadores de los Departamentos interesados y siempre que aquel o aquellos de que fueren segregados quede cada uno con la población y rentas por lo menos iguales a las exigidas para un nuevo Departamento en el momento de su creación.
- La ley reglamentará lo relacionado con esta disposición.
- Las líneas divisorias dudosas serán determinadas por comisiones demarcadoras nombradas por el Senado de la República.
- Los Actos Legislativos que sustituyan, deroguen o modifiquen las condiciones para la creación de Departamentos o eximan de alguna de éstas, deberán ser aprobados por los dos tercios de los votos de los miembros de una y otra Cámara.
Decreto 3104 de 1979 Decreto 3133 de 1968 Decreto 2945 de 1968.
¿Quién fundó Colombia y en qué año?
Colombia
República de Colombia | |
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Presidente | Gustavo Petro Urrego |
Vicepresidenta | Francia Márquez Mina |
Órgano legislativo | Congreso de la República de Colombia |
Independencia Declarada Definida Reconocida | de España 20 de julio de 1810 (212 años) 7 de agosto de 1819 (203 años) 30 de enero de 1881 (141 años) |
¿Quién es el encargado de divulgar la Constitución?
El Estado divulgará la Constitución.
¿Quién era el presidente de Colombia en 1991?
- Gran collar de la orden del Infante Don Enrique
- Collar de la Orden de Isabel la Católica (1988)
- Gran Cruz de la Orden El Sol del Perú (1988)
Virgilio Barco Vargas ( Cúcuta, 17 de septiembre de 1921 – Bogotá, 20 de mayo de 1997 ) fue un ingeniero civil, empresario y político colombiano, miembro del Partido Liberal Colombiano, Fue presidente de Colombia entre 1986 y 1990. Ocupó varios cargos públicos como Alcalde Mayor de Bogotá entre 1966 y 1969, ministro de Obras Públicas, ministro de Agricultura, embajador ante el Reino Unido, senador de la República, y finalmente la presidente de Colombia en el período de 1986 a 1990, con la votación más alta de la historia para ese momento , cuando todavía no existía la segunda vuelta presidencial.
- Con la salida de los liberales del poder en 1946, Barco se declaró en oposición al gobierno, viéndose obligado a salir del país en los años 50.
- También fue parte de la oposición a la dictadura militar del General Gustavo Rojas Pinilla y participó en la campaña presidencial de Alberto Lleras Camargo, durante el sistema del Frente Nacional, en el que también estuvo involucrado desde su raíz, ya que apoyó todas las campañas presidenciales exitosas desde 1958 a 1974.
Posteriormente fue senador de la República, ministro de Obras Públicas, ministro de Agricultura y Embajador ante el Reino Unido. Fue alcalde de Bogotá de 1966 a 1969, durante el tercer gobierno del Frente Nacional, tiempo durante el cual logró la modernización física e institucional de la ciudad capital, destacando obras como el Hospital Militar, y la finalización del Aeropuerto El Dorado,
Como presidente de Colombia, Barco enfrentó la guerra que los carteles del narcotráfico le declararon a las instituciones del país. Logró establecer el principio de corresponsabilidad con países consumidores de droga, pese a que los narcos bañaron de sangre el país. También enfrentó grupos guerrilleros y paramilitares que quisieron exterminar a la Unión Patriótica surgida de los Acuerdos de La Uribe con las FARC-EP en 1984.
Su esfuerzo por reducir la pobreza, llevar el estado a regiones aisladas del país y reformar la Constitución de 1886 pasaron a un segundo plano debido a la necesidad de defender el orden y legitimidad de las instituciones del Estado, con una fracasada reforma constitucional en 1989.
Su último año de gobierno se vio empañado por el asesinato de tres candidatos presidenciales: Luis Carlos Galán del Partido Liberal, Bernardo Jaramillo Ossa de la Unión Patriótica y Carlos Pizarro Leongómez de la Alianza Democrática M-19 surgida del acuerdo de paz en 1990 con el grupo guerrillero Movimiento 19 de abril (M-19) que entregaba las armas y se convirtió en un partido político, que sin embargo fue el mayor éxito de su gobierno.
Fue el último de los presidentes liberales radicales debido a su esquema de gobierno esquema-oposición, donde apartó del poder a sus rivales conservadores.
¿Quién redactó la primera Constitución política?
Constitución Política de Bolivia de 1826 | |
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Autor(es) | Simón Bolívar |
Primer debate | 12 de julio de 1826 |
Sanción | 6 de noviembre de 1826 |
Promulgación | 19 de noviembre de 1826 |
¿Cuál fue la primera Constitución Política de Colombia?
La Constitución de Villa del Rosario de Cúcuta fue firmada el 30 de agosto de 1821 y proclamó la República de Colombia, lo que significó el establecimiento de un régimen representativo y popular y, a su vez, la unificación de los territorios de la Nueva Granada, Venezuela y posteriormente Ecuador.
¿Quién redactó el documento Elementos constitucionales?
Los insurgentes crearon la Suprema Junta Nacional Americana, uno de sus promotores, el general Ignacio López Rayón escribió en 1812 los Elementos constitucionales, un documento de 38 artículos, que establecía la lealtad al gobierno de Fernando VII.